Con esta propuesta se busca reglamentar parcialmente el artículo 22 de la Ley 2169 de 2021 y establecer el marco normativo e institucional de los mercados de carbono en Colombia mediante la incorporación de un nuevo capítulo al Decreto 1076 de 2015. La propuesta crea el Sistema Nacional de Mecanismos de Mercado e Instrumentos de Precio al Carbono, coordinado por el Ministerio de Ambiente, con participación de entidades como el IDEAM, el Ministerio del Interior, el Ministerio de Hacienda, el Ministerio de Comercio y la Superintendencia de Industria y Comercio. El proyecto define principios, criterios y condiciones para la participación de iniciativas de mitigación de gases de efecto invernadero, regula mecanismos como el impuesto al carbono, los pagos por resultados y los mercados de carbono voluntarios y de cumplimiento, e incorpora requisitos de transparencia, monitoreo, verificación, salvaguardas sociales y ambientales y prevención de la doble contabilidad, con el propósito de fortalecer la integridad ambiental y contribuir al cumplimiento de las metas climáticas nacionales y del Acuerdo de París.
La CRA modificó la Resolución 1027 de 2026 para ajustar los cronogramas relacionados con la adopción del nuevo marco tarifario del servicio público de aseo para municipios y distritos con más de 5.000 suscriptores urbanos, debido a las reiteradas recusaciones presentadas contra expertos comisionados, que han suspendido por cerca de 100 días el trámite administrativo. La entidad señaló que estas demoras impidieron cumplir el plazo previsto para expedir la nueva metodología tarifaria en mayo de 2026 y afectaron las etapas posteriores a cargo de Bogotá. Por ello, estableció un nuevo plazo de hasta tres meses para expedir el marco tarifario, descontando los periodos de suspensión, y prorrogó hasta el 31 de mayo de 2028 el régimen transitorio creado para preservar las acciones afirmativas en favor de la población recicladora de oficio, en cumplimiento de las órdenes de la Corte Constitucional.
La CRA suspendió temporalmente la actuación administrativa para adoptar nuevas fórmulas tarifarias del servicio público de aseo en municipios y distritos con más de 5.000 suscriptores en áreas urbanas, tras recibir una recusación contra una de las expertas comisionadas involucradas en el proceso. Esta suspensión, dispuesta mediante la Resolución UAE-CRA 333 de 2026 del 28 de mayo, se fundamenta en el artículo 12 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, que ordena detener la actuación desde la presentación de la recusación hasta que la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios decida y se archiven las controversias correspondientes. Esta medida garantiza la transparencia y legalidad en la estructuración de los nuevos marcos tarifarios, afectando momentáneamente el avance del proyecto para permitir la revisión y el adecuado proceso administrativo.
En el marco del 69 Congreso Internacional de ACODAL 2026, la CRA destacó la urgencia de fortalecer el liderazgo territorial para garantizar el derecho humano al agua en Colombia. Durante la apertura en Cartagena, la Directora Ejecutiva, Gloria Esperanza Narváez Tafur, subrayó que el agua es un bien común y eje fundamental para el desarrollo sostenible, la equidad social y la protección ambiental. La CRA llamó a consolidar un modelo de gestión territorial que enfrente desigualdades en cobertura y calidad de servicios de acueducto, alcantarillado y saneamiento, priorizando territorios con mayores brechas y riesgos. Asimismo, resaltó la necesidad de enfrentar retos críticos como pérdidas de agua, vulnerabilidad al cambio climático y sostenibilidad financiera, promoviendo marcos regulatorios diferenciales para zonas urbanas y rurales. La entidad reafirmó su compromiso con la política pública del Viceministerio de Agua y Saneamiento Básico para impulsar inversiones, fortalecer capacidades institucionales y garantizar servicios públicos de calidad, continuidad y equidad, resaltando que la regulación debe adaptarse a las realidades sociales, ambientales y económicas de cada territorio.
La CRA recibió una solicitud para examinar la inclusión de las necesidades de agua para actividades de subsistencia de los hogares rurales en Colombia dentro del consumo básico. La CRA confirmó su competencia para revisar estos parámetros regulatorios aplicables al servicio público domiciliario de acueducto, es decir, el suministro de agua potable. Aunque la regulación actual (Resolución CRA 750 de 2016) establece consumos básicos basados en necesidades familiares y altura sobre el nivel del mar, no existe una disposición específica que contemple expresamente las necesidades de subsistencia rural como se plantea. La Comisión analizará esta posibilidad dentro de su proyecto regulatorio para 2026, denominado "Revisión y unificación regulatoria de los niveles de consumo y señales tarifarias para el uso eficiente del agua en Colombia", contemplado en la Agenda Regulatoria Indicativa (ARI). Cualquier ajuste deberá materializarse a través de un proceso regulatorio general.