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Lunes, 08 Junio 2026

Edición 1655 Bogotá, D.C.

ISSN 2711-1636

La CRA modificó la Resolución 1027 de 2026 para ajustar los cronogramas relacionados con la adopción del nuevo marco tarifario del servicio público de aseo para municipios y distritos con más de 5.000 suscriptores urbanos, debido a las reiteradas recusaciones presentadas contra expertos comisionados, que han suspendido por cerca de 100 días el trámite administrativo. La entidad señaló que estas demoras impidieron cumplir el plazo previsto para expedir la nueva metodología tarifaria en mayo de 2026 y afectaron las etapas posteriores a cargo de Bogotá. Por ello, estableció un nuevo plazo de hasta tres meses para expedir el marco tarifario, descontando los periodos de suspensión, y prorrogó hasta el 31 de mayo de 2028 el régimen transitorio creado para preservar las acciones afirmativas en favor de la población recicladora de oficio, en cumplimiento de las órdenes de la Corte Constitucional.

La CRA suspendió temporalmente la actuación administrativa para adoptar nuevas fórmulas tarifarias del servicio público de aseo en municipios y distritos con más de 5.000 suscriptores en áreas urbanas, tras recibir una recusación contra una de las expertas comisionadas involucradas en el proceso. Esta suspensión, dispuesta mediante la Resolución UAE-CRA 333 de 2026 del 28 de mayo, se fundamenta en el artículo 12 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, que ordena detener la actuación desde la presentación de la recusación hasta que la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios decida y se archiven las controversias correspondientes. Esta medida garantiza la transparencia y legalidad en la estructuración de los nuevos marcos tarifarios, afectando momentáneamente el avance del proyecto para permitir la revisión y el adecuado proceso administrativo.

La CRA hizo precisiones sobre actualizaciones tarifarias frente al incremento del salario mínimo mensual legal vigente.  La Entidad aclaró mediante circular que el aumento anual del salario mínimo no implica un incremento automático en todos los componentes de las tarifas de agua, alcantarillado y aseo. La CRA explicó que solo dos componentes del servicio de aseo, relacionados con el barrido y limpieza de vías y áreas públicas, consideran el salario mínimo como factor de actualización; los demás costos se ajustan según indicadores económicos específicos. Además, las fórmulas tarifarias tienen una vigencia de cinco años, aunque pueden modificarse anticipadamente en casos excepcionales, como errores de cálculo, fuerza mayor o incumplimiento de criterios regulatorios. La medida busca mayor transparencia y seguridad jurídica para prestadores y usuarios.

La Entidad precisó que la Dirección de Entidades Intervenidas y en Liquidación (DEIL) ejerce funciones de seguimiento y monitoreo sobre la gestión de los agentes especiales designados para administrar empresas intervenidas, sin que ello implique coadministración o injerencia en las decisiones internas de dichas entidades. La entidad aclaró que los agentes especiales actúan como representantes legales y son los únicos responsables de los actos, contratos y decisiones adoptadas durante la intervención. En este contexto, la DEIL puede realizar requerimientos de información, visitas, reuniones de seguimiento, solicitudes de aclaración e informes para verificar que la gestión se ajuste al ordenamiento jurídico, contribuya a superar las causas de la intervención y garantice la continuidad y sostenibilidad de la prestación de los servicios públicos. Asimismo, reiteró que no tiene competencia para revisar, aprobar o pronunciarse sobre la legalidad de los actos expedidos por los agentes especiales ni para resolver controversias contractuales específicas.

La CRA recibió una solicitud para examinar la inclusión de las necesidades de agua para actividades de subsistencia de los hogares rurales en Colombia dentro del consumo básico. La CRA confirmó su competencia para revisar estos parámetros regulatorios aplicables al servicio público domiciliario de acueducto, es decir, el suministro de agua potable. Aunque la regulación actual (Resolución CRA 750 de 2016) establece consumos básicos basados en necesidades familiares y altura sobre el nivel del mar, no existe una disposición específica que contemple expresamente las necesidades de subsistencia rural como se plantea. La Comisión analizará esta posibilidad dentro de su proyecto regulatorio para 2026, denominado "Revisión y unificación regulatoria de los niveles de consumo y señales tarifarias para el uso eficiente del agua en Colombia", contemplado en la Agenda Regulatoria Indicativa (ARI). Cualquier ajuste deberá materializarse a través de un proceso regulatorio general.