El Consejo de Estado analizó la legalidad del cobro del impuesto de industria y comercio (ICA) en la explotación de recursos naturales no renovables, en particular hidrocarburos, y reiteró que dicho gravamen solo procede si existe habilitación legal expresa y si no se configura la prohibición prevista cuando las regalías o participaciones que recibe el municipio son iguales o superiores al tributo. La Sala precisó que, para esta comparación, deben considerarse los recursos efectivamente percibidos por el municipio dentro del Sistema General de Regalías y no el total pagado por el productor. Asimismo, aclaró el alcance probatorio de la información expedida por la ANH: sus certificaciones son idóneas para acreditar la liquidación y transferencia de regalías, pero no prueban por sí solas el monto finalmente girado al municipio, función que corresponde al Ministerio de Hacienda, por lo que deben valorarse de manera integral con otras pruebas del sistema de regalías.
El proyecto de decreto prohibirá la estabilización del ingreso al productor fósil para combustibles líquidos derivados del petróleo que se usen como materia prima en la producción de otros combustibles, incluidos los destinados a quemadores industriales. Esta medida responde al elevado costo fiscal del FEPC, estimado en 131 mil millones de pesos solo para el diésel industrial entre enero y abril de 2025, lo cual desvirtúa el propósito original del fondo de beneficiar al consumidor final. Ahora, el ingreso al productor de estos combustibles se establecerá a precio libre. Se exceptúan de esta prohibición los combustibles para la producción de gasolina oxigenada con etanol anhidro y diésel mezclado con biocombustibles o combustibles renovables, en consonancia con los objetivos ambientales y de transición energética del país.
Ecopetrol publicó un comunicado sobre la extensión de su acuerdo con JPMorgan Chase Bank N.A., banco depositario de su programa de ADRs (American Depositary Receipts), para mantener una reducción del 50% en los costos de emisión y cancelación de estos títulos que se negocian en la Bolsa de Nueva York (NYSE). La medida, que inicialmente estaba prevista hasta el 31 de diciembre de 2025, se prorrogará ahora hasta el 31 de diciembre de 2026.
A partir del 1 de febrero, Colombia iniciará una reducción gradual y sostenible en el precio de la gasolina, un "hecho histórico" según el ministro de Minas y Energía, Edwin Palma. Esta medida es posible gracias al saneamiento del Fondo de Estabilización de Precios de los Combustibles (FEPC) y las decisiones estructurales del gobierno del presidente Gustavo Petro, que han ordenado las finanzas públicas y cerrado la puerta a nueva deuda. La disminución se realizará con "cuentas claras", sin comprometer la estabilidad fiscal ni macroeconómica del país, y busca beneficiar el bolsillo de los ciudadanos.
El Ministerio de Ambiente precisó reglas sobre los planes de contingencia para el transporte de hidrocarburos. Aclaró que, si bien la Resolución 1209 de 2018 exige la identificación de puntos de cargue y descargue en las rutas, las autoridades ambientales tienen la facultad de solicitar información adicional detallada. Esto incluye requisitos específicos más allá de nombrar solo el municipio, siempre que se haga mediante un acto administrativo motivado. El Ministerio enfatiza que las Corporaciones Autónomas Regionales, como máxima autoridad ambiental en su jurisdicción, pueden requerir datos extra para un seguimiento efectivo de los planes, aunque la norma no obligue explícitamente a pedir el "nombre de los clientes".