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Jueves, 28 Marzo 2024

Edición 1135 Bogotá, D.C.

ISSN 2711-1636

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TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE ANTIOQUIA

TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE ANTIOQUIA (1)

A través de providencia el Tribunal de Caldas concluyó que, desde la vigencia de la Ley 99 de 1993, “el municipio ha incumplido con la obligación de destinar año tras año, el 1% de los ingresos corrientes para la adquisición y mantenimiento de predios para la protección de las fuentes hídricas;