El Ministerio de Ambiente reiteró que el Decreto 925 de 2013 no permite la importación de fuentes móviles de carretera usadas, contradiciendo lo que se interpreta del artículo 15 y 16 de dicho decreto. Según el concepto jurídico, la Resolución 762 de 2022 regula exclusivamente fuentes móviles nuevas. Además, el Ministerio de Comercio confirmó que no existe autorización para importar vehículos usados para carretera, salvo excepciones muy específicas. Esta postura se fundamenta en la protección ambiental y el cumplimiento obligatorio de normas de orden público, negando que la resolución pueda limitar o modificar la jerarquía normativa establecida por el decreto. Así, se refuerzan las restricciones para importar vehículos usados en Colombia, garantizando el cumplimiento ambiental y evitando barreras técnicas ilegítimas al comercio
El DNP emitió un concepto aclarando que, aunque el mecanismo de Obras por Impuestos permite a contribuyentes invertir en proyectos sociales para extinguir obligaciones tributarias, el proyecto Aeropuerto del Café, fase 2, etapa 1, no es viable jurídicamente para ejecutarse bajo esta modalidad, en especial la fiducia mercantil. Esto se debe a que la infraestructura aeroportuaria no está incluida dentro de las tipologías financiables definidas en el Manual Operativo vigente. Además, la Agencia de Renovación del Territorio carece de competencia para aprobar proyectos aeroportuarios en este contexto. Finalmente, se enfatiza que los conceptos de la Oficina son orientativos y no de obligatorio cumplimiento para las entidades involucradas
El Consejo de Estado negó la nulidad de la resolución que la Corporación Autónoma Regional del Quindío (CRQ) emitió para negar el permiso de vertimiento de aguas residuales domésticas a Inversiones y Construcciones Top Flight S.A.S., pues consideró que la negativa se sustentó en razones técnicas y jurídicas válidas. El proyecto consistía en la construcción de un conjunto campestre denominado "La Fontana", donde se requería dicho permiso para manejo ambiental adecuado. El análisis del Consejo evidenció que la CRQ evaluó correctamente los estudios técnicos y normativos, rechazando el permiso debido a posibles impactos ambientales, especialmente en nacimientos de agua y zonas de conservación. Además, se descartaron argumentos de la demandante sobre supuestas omisiones en la valoración probatoria o análisis urbanístico, ya que no se probaron con concreción ni se respetó el debido proceso al pretender introducir nuevos hechos en apelación. Así, el fallo respaldó la autoridad ambiental, destacando el respeto al principio de legalidad y a la protección del medio ambiente frente a intereses particulares.
El Consejo de Estado explicó que el alcance y la interpretación al régimen tributario ZOMAC, que otorga beneficios de progresividad en la tarifa del impuesto sobre la renta a nuevas sociedades que inicien actividades en las Zonas Más Afectadas por el Conflicto Armado (ZOMAC). Para acceder al beneficio, las sociedades deben cumplir requisitos legales y reglamentarios: I) estar legalmente constituidas e inscritas en la Cámara de Comercio del municipio ZOMAC; II) tener domicilio principal y desarrollar toda la actividad económica dentro de estas zonas, conforme a lo definido por el Decreto 1650 de 2017; y III) cumplir con montos mínimos de inversión y generación de empleo exigidos para cada periodo fiscal. Además, deben presentar certificación del revisor fiscal detallando inversión y empleo. El régimen establece tarifas reducidas progresivas desde 2017 hasta 2027, buscando incentivar el desarrollo económico y social en las ZOMAC, contribuyendo a cerrar brechas derivadas del conflicto armado.
El Ministerio de Transporte aclaró que no está permitido que vehículos con características de servicio especial se vinculen mediante convenios con empresas de transporte público individual tipo taxi para operar rutas dentro o entre municipios. La regulación vigente restringe los convenios de colaboración exclusivamente entre empresas habilitadas en la modalidad de transporte especial o con empresas de transporte por carretera en alta demanda, excluyendo a taxis. Además, para formalizar contratos entre empresas habilitadas en modalidad especial y transporte por carretera, se debe reportar el contrato a la Superintendencia y al Ministerio. Operar sin el debido registro o autorización conlleva sanciones que incluyen multas, suspensión o cancelación de licencias y la inmovilización del vehículo, fundamentadas en la Ley 105 de 1993, Ley 336 de 1996 y el Decreto 1079 de 2015. Los agentes de control deberán levantar Informe Único de Infracciones para iniciar procesos sancionatorios.