Esta decisión fue adoptada el pasado 16 de octubre de 2024, pero el texto de la providencia fue recientemente publicado. En esta providencia declaró inexequible el artículo 252 de la Ley 2294 de 2023, que ampliaba las facultades de la Superintendencia de Transporte al incluir nuevos sujetos de inspección, vigilancia y control. Estos nuevos sujetos eran: 1) zonas de enturnamiento e infraestructura no concesionada marítima y fluvial; 2) agentes marítimos, que actúan como representantes de líneas navieras; y 3) las líneas navieras en lo que respecta a la prestación del servicio público de transporte de operaciones realizadas en Colombia. La Corte fundamentó su decisión en la falta de un carácter instrumental de la norma, ya que no planificaba ni priorizaba acciones públicas ni el presupuesto para el cuatrienio. Además, se observó una desconexión entre estos nuevos sujetos y los objetivos del Plan Nacional de Desarrollo (PND), lo que contravenía el principio de unidad de materia. La inclusión de estas funciones también planteaba posibles conflictos de competencias con la Dirección General Marítima (Dimar), creada para regular la actividad marítima, y el Ministerio de Transporte, lo que generaba incertidumbre en la regulación del sector y podría afectar la eficacia del servicio público de transporte.
La Superintendencia de Transporte ha implementado la campaña #QueNoTeEngañen para promover la legalidad en los Centros de Enseñanza Automovilística (CEA), en respuesta al aumento de usuarios solicitando licencias de conducción A2 para motocicletas. Actualmente, existen 315 investigaciones administrativas activas contra CEA y cerca de 2.000 trámites en curso relacionados con quejas y averiguaciones. Las infracciones más comunes incluyen la expedición de certificados sin la presencia de aprendices, la alteración de datos reportados al RUNT y el incumplimiento de suministrar información requerida por la Superintendencia. La campaña busca recordar a los CEA sus deberes y educar a los aspirantes sobre sus derechos, incluyendo la obligación de completar tanto la formación teórica como práctica. Además, se brindan canales de atención para que los usuarios realicen peticiones y reclamos, asegurando así un cumplimiento riguroso de las normas en pro de la seguridad vial y la legalidad en la obtención de licencias de conducción.
Esta medida busca agilizar los procesos para las secretarías técnicas de OCAD Paz y OCAD Regional, facilitando la presentación de iniciativas por parte de autoridades locales y comunidades étnicas. Los municipios beneficiados incluyen Ocaña, Ábrego, El Carmen, y otros en Norte de Santander, así como Río de Oro y González en Cesar.
La Entidad precisa que las CAR tienen la competencia, amparadas en el principio de rigor subsidiario, para regular la gestión de residuos especiales no peligrosos, incluyendo la adopción de lineamientos y el establecimiento de un registro de gestores. Las CAR deben alinearse a las normas nacionales, como el Decreto 1077 de 2015 y otras resoluciones que regulan el manejo de diferentes tipos de residuos, asegurando que no se generen trámites adicionales que no estén estipulados en la legislación.
La responsabilidad en la reparación y mantenimiento de las redes de servicios públicos en proyectos urbanísticos se rige especialmente por lo establecido en la Ley 142 de 1994 y el Decreto 1077 de 2015. Se destaca que las empresas prestadoras deben realizar mantenimiento y reparación de las redes locales, cuya infraestructura es inicialmente construida por los urbanizadores durante la vigencia de la licencia urbanística. Una vez entregadas las redes secundarias al prestador, este asume la operación y mantenimiento. Por otro lado, los propietarios de inmuebles son responsables del mantenimiento de las redes internas. Es fundamental que la entrega de infraestructura no depende de un acto formal sino de acuerdos entre urbanizadores y prestadores, con el cumplimiento de normativas urbanísticas y de ordenamiento territorial. Esto resalta la importancia de la adecuada planeación urbana en la prestación de servicios públicos.