Según la normativa explicada por la Entidad, las regalías deben destinarse a proyectos que contribuyan al desarrollo social, económico y ambiental de las entidades territoriales. Los recursos ambientales y el 20% del mayor recaudo deben financiar proyectos relacionados con la conservación de áreas ambientales estratégicas y la lucha contra la deforestación, a través de convocatorias del Ministerio y el Departamento Nacional de Planeación (DNP).
La Corte Constitucional amplió hasta finales de enero de 2025 el plazo para que el ministerio de Ambiente actualice los términos de referencia genéricos para la elaboración de los estudios de impacto ambiental de cambio climático pueden producir las obras o actividades cuya ejecución requiere licencia ambiental de la orden contenida en la Sentencia C-280/24.
La SSPD hace precisiones sobre la prestación de servicios públicos de acueducto y saneamiento básico a copropiedades, centrándose en medición y facturación. Se establece que cada unidad habitacional debe contar con medidores individuales cuando sea técnicamente posible; de no serlo, se pueden instalar medidores generales para áreas comunes. La responsable de la medición es la entidad prestadora, que debe garantizar el correcto funcionamiento de los dispositivos durante un período de garantía.
La SDA precisó que el Concejo de Bogotá carece de competencia para regular los horarios de circulación de vehículos de carga en zonas de restricción debido a los siguientes motivos. En primer lugar, el Código Nacional de Tránsito Terrestre (Ley 769 de 2002) otorga al alcalde la autoridad como máxima instancia de tránsito en el Distrito Capital, la cual incluye la facultad de establecer normas sobre las zonas y horarios para el cargue o descargue de mercancías. En segundo lugar, actualmente existe normativa respaldada por estudios técnicos que ya establece horarios de restricción, así como mediciones de los impactos ambientales relacionados. Por lo tanto, cualquier modificación a esta normativa debe fundamentarse en estudios técnicos que justifiquen su necesidad, lo que no se ha presentado en el proyecto de acuerdo en cuestión. Así, la SDA concluye que el proyecto es jurídicamente inviable, reiterando que corresponde al Alcalde tomar decisiones en esta materia.
Las actividades que no necesitan licencia incluyen proyectos menores y algunas operaciones que no afectan significativamente el medio ambiente. Sin embargo, las autoridades ambientales, como la ANLA, tienen la facultad de exigir permisos sin que esto represente una acción arbitraria. Estas exigencias deben estar siempre fundamentadas en la normativa actual. Por lo tanto, aunque una actividad no requiera licencia, cualquier uso de recursos naturales exige la obtención de los permisos necesarios, asegurando la gestión sostenible y regulada del medio ambiente en Colombia.