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Sábado, 23 Mayo 2026

Edición 1646 Bogotá, D.C.

ISSN 2711-1636

El Ministerio de Relaciones Exteriores publicó un proyecto de decreto para declarar una Zona Especial de Intervención Fronteriza (ZEIF) en varios municipios de Nariño y Putumayo. Esta medida excepcional busca conjurar los graves impactos económicos y sociales derivados de las acciones unilaterales de Ecuador desde diciembre de 2025, que han distorsionado el comercio, la movilidad y el abastecimiento en la frontera.

La DIAN aclaró que las operaciones de compraventa con pacto de retroventa constituyen una transferencia de dominio sujeta a IVA, y no deben calificarse como operaciones de crédito. Este contrato implica dos momentos jurídicos: la transferencia inicial del dominio, que configura el hecho generador del impuesto, y la eventual readquisición, condicionada a una cláusula resolutoria. La existencia del pacto de retroventa no elimina ni difiere el cobro del IVA, pues la venta se perfecciona en el primer acto, y solo puede revertirse si se cumple la condición resolutoria. La DIAN reafirma que esta figura contractual es distinta de un contrato de prenda y que el tratamiento fiscal debe reflejar la realidad económica del negocio, conforme a la normativa vigente y doctrina reiterada.

El ministerio de Agricultura publicó un proyecto de resolución destinado a actualizar y robustecer el marco regulatorio para los bioinsumos de uso agrícola en el país. La iniciativa establece requisitos claros para el registro de productores, envasadores, importadores y distribuidores, así como para el control y la inscripción de los productos mismos. Busca asegurar altos estándares de calidad, seguridad y eficacia, protegiendo la sanidad agrícola y la inocuidad de los alimentos, al tiempo que impulsa la competitividad del sector. La normativa incorpora procesos digitalizados a través de la plataforma SimplifICA, agilizando trámites y abordando aspectos cruciales desde la definición de bioinsumos hasta la aprobación de ensayos agronómicos, sustituyendo la Resolución 68370 de 2020 para alinearse con los avances del sector.

Con esta Ley se amparan derechos de las personas víctimas de suplantación de identidad. La legislación obliga a operadores de telecomunicaciones, entidades financieras, crediticias y establecimientos comerciales a adoptar medidas, procesos y políticas estrictas para frenar el cobro de obligaciones fraudulentas y evitar reportes negativos ante centrales de información. El marco legal, regido por principios de acceso y circulación restringida de datos, establece que la ley entrará en vigencia general en un plazo de seis meses, con excepción de disposiciones inmediatas sobre su promulgación.

El Gobierno introdujo precisiones sobre las normas aplicables a los negocios fiduciarios en el país. La normativa detalla las reglas de administración de recursos en proyectos inmobiliarios, abarcando el control de flujos de caja y el pago a proveedores. El decreto establece un régimen de transición en el cual los contratos vigentes mantendrán sus condiciones iniciales, mientras que la Superintendencia Financiera dispondrá de doce meses para emitir las instrucciones complementarias. Esta medida busca optimizar la seguridad jurídica del sector fiduciario y rige a partir del día siguiente a su publicación oficial.