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Jueves, 16 Mayo 2024

Edición 1164 Bogotá, D.C.

ISSN 2711-1636

A través de comunicado oficial se anunció que “el Plan Nacional de Desarrollo definió la ruta para un transporte basado en la justicia social, económica y ambiental, en el que se optimice el uso del tiempo, la energía y el espacio. Por esta razón, MinTransporte lidera el pacto por una movilidad sostenible, segura y saludable, con equidad y gobernanza. Según el ministro, William Fernando Camargo Triana, “conectamos a toda Colombia desde un enfoque intermodal, con 8 programas estratégicos que incluyen 55 proyectos de impacto regional y más de 298 de carácter departamental. En este sentido, la inversión para la competitividad y conectividad estima recursos por $140 billones, en los componentes férreo, fluvial, aéreo, portuario y carretero”

A través de la presente circular el MinTransporte describió el procedimiento que se debe tener en cuenta, para el registro de la Autoridades de Tránsito Municipales de las entidades territoriales que carecen de Organismos de Tránsito, ante el sistema RUNT y la asignación de rangos de comparendos para ejercer las funciones sancionatorias en materia de tránsito, de conformidad con lo establecido en la Ley 769 de 2002, modificada entre otras, por la Ley 2197 de 2022. Puede consultar el paso a paso accediendo al documento original publicado por la entidad. 

La aplicación del factor regional igual a uno (1), de qué trata el artículo 25 de la ley 2294 de 2023 para las empresas prestadoras del servicio de alcantarillado de los municipios, se deberá aplicar a partir del 1 de enero de 2024, teniendo en cuenta que la norma no contempló una aplicación retroactiva del factor regional. Lo dispuesto en el artículo 25 del PND 2022-2024 aplica exclusivamente para los prestadores de servicio público de alcantarillado en el territorio nacional.

A través de este acto administrativo el MinMinas modificó el Reglamento Técnico de Iluminación y Alumbrado Público -RETILAP-. “Este se aplica a las instalaciones de sistemas de iluminación, interior y exterior, incluyendo las de alumbrado público, Sean nuevas, expandidas o modernizadas, públicas o privadas. De igual manera, el reglamento aplica para los productos utilizados en dichas instalaciones. Así mismo, aplica a las personas naturales o jurídicas que importen, fabriquen, comercialicen, diseñen, construyan, mantengan, certifiquen y ejecuten actividades relacionadas con los productos e instalaciones de sistemas de iluminación objeto del presente reglamento”.

La demanda refiere a un Convenio interadministrativo suscrito entre el municipio de Turbo y una Fundación, con el objeto de construir un “Jardín Social” en el corregimiento de Currulao, jurisdicción del Municipio. Con el fin de ejecutar las obligaciones del convenio, la Fundación celebró un contrato con Ingetec, por una suma de $821.750.000, a precios unitarios reajustables, y un plazo de ejecución de seis meses.