“El alcance del presente título cubre la realización de las siguientes actividades: ejecución de obras, o la adquisición de bienes y servicios relacionados con infraestructura social, vivienda rural, vías terciarias y caminos vecinales, cultura, infraestructura productiva local, proyectos de eficiencia energética, producción de alimentos, suministro de bienes y servicios, gestión comunitaria del agua, saneamiento básico, economía del cuidado, fortalecimiento ambiental y comunitario y adquisición de productos de origen o destinación agropecuarios. Este tipo de contratos se denominan Asociaciones Público-Populares y podrán celebrarse hasta por la mínima cuantía de la Entidad Estatal”.