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DNP publicó observaciones al proyecto de norma que crea el Registro Universal de Ingresos -RUI-, que busca eliminar de manera gradual la estratificación a partir del 2026

Escrito por  Abr 22, 2024

El DNP publicó el Informe de observaciones y respuestas​, al Proyecto de Decreto, que reglamenta el artículo 70 de la Ley 2294 de 2022 (PND 2022- 2026), en lo relacionado con la administración e implementación del Registro Universal de Ingresos-RUI-. Las entidades públicas y los particulares que ejerzan funciones públicas transitarán al RUI  (que se implementará e manera gradual) “como único instrumento de focalización de los subsidios, programas, políticas, planes, proyectos y servicios de la oferta social, para lo cual deberán realizar (I) un análisis del impacto del cambio hacia la clasificación del Registro Universal de Ingresos - RUI-  en la población potencialmente beneficiaria de los programas; (II) la identificación de las poblaciones que serían objeto de la aplicación de la transición, y de los criterios de ingreso, permanencia y egreso con los cuales se define la transición; (III) la definición de mecanismos y de plazos para la adopción del Registro Universal de Ingresos – RUI y (IV) la definición de los puntos de corte de acceso a los programas, según las características y normativa aplicable a cada programa o subsidio”. 

A partir del 1 de julio de 2026 quedarán derogados el Título 8 del Libro 2 de la Par-te 2 y los artículos 2.2.8.5.4 y 2.2.8.5.10 del Decreto 1082 de 2015. De igual forma, quedarán derogados los numerales 1 y 2 del Artículo 2.2.8.5.4. del Decreto 890 de 2022, relacionado con los usos del Registro Social de Hogares

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Modificado por última vez en Lunes, 22 Abril 2024 10:58