Acceso   

Ingrese a su cuenta

Usuario *
Clave *
Recordarme
prensa juridica

prensa juridica

El Gobierno impulsa un proyecto para crear la Política de Calidad Acústica en Colombia. El DNP, junto a Ministerios de Ambiente, Salud, Defensa y Transporte, lidera la formulación e implementación de esta política, buscando garantizar el derecho a un ambiente sano, la salud pública y una vivienda digna, reconociendo el ruido como factor de deterioro ambiental. A través de este decreto, el DNP establece un marco para que entidades nacionales y territoriales coordinen acciones de prevención, mitigación y control del ruido, integrando la calidad acústica en la planificación urbana y las normas de construcción. Además, el DNP preside la Comisión de Seguimiento e Implementación, encargada de monitorear su progreso mediante planes de trabajo anuales, asegurando que la política se materialice con recursos existentes y la participación ciudadana, mejorando así la calidad de vida en todo el país.

La CREG definió para asegurar la confiabilidad del servicio eléctrico frente a los mantenimientos programados de la planta de regasificación de SPEC. Ante la posible afectación en el suministro de gas a plantas térmicas, la CREG adoptó medidas cruciales para mitigar impactos en el cumplimiento del Cargo por Confiabilidad. Entre ellas, se ajustará transitoriamente la Obligación Diaria de Energía Firme (OEF) para las plantas térmicas que vean su gas racionado o negociado. Asimismo, se establecen condiciones especiales de despacho y liquidación para las plantas que reciban este gas, garantizando su operación forzada y una remuneración que refleje los costos. Adicionalmente, se excluirán eventos relacionados del cálculo del Índice de Indisponibilidad Histórica de Salidas Forzadas (IHF) para evitar sanciones injustas. La resolución también limita los precios de oferta para el despacho diario, buscando racionalizar el mercado durante estos periodos críticos.

La CREG publicó los anexos técnicos para la conexión simplificada de plantas de generación. La Dirección Ejecutiva de la CREG, en cumplimiento del artículo 5 de la Resolución CREG 101 114 de 2026 y tras analizar una propuesta del Consejo Nacional de Operación, presenta un formulario y lineamientos para un estudio de conexión simplificado. Estos documentos están destinados a facilitar a los interesados la ampliación temporal de la capacidad de transporte de plantas con una capacidad instalada entre 1 MW y 5 MW ante el operador de red, con una mención especial para los autogeneradores a gran escala, que deben referirse a la Circular CREG 073 de 2024.

La Superintendencia de Sociedades adoptó una modificación integral de la Circular Externa 100-000008 del 12 de julio de 2022, que contiene las instrucciones para la prevención, gestión y administración de los riesgos de lavado de activos, financiación del terrorismo y financiación de la proliferación de armas de destrucción masiva (SAGRILAFT), así como del Programa de Transparencia y Ética Empresarial (PTEE). La actualización busca armonizar el régimen con los cambios normativos, fortalecer los estándares de cumplimiento y unificar en un solo cuerpo las reglas aplicables a las entidades vigiladas. Entre los principales ajustes se precisan las obligaciones de debida diligencia, la identificación y gestión de riesgos, las funciones de los órganos de administración y del oficial de cumplimiento, los criterios para la implementación de los programas y los deberes de reporte y conservación de la información, con el propósito de reforzar la prevención de delitos y promover una cultura de transparencia, integridad y buen gobierno corporativo.

La Superintendencia de Sociedades adicionó los Capítulos V, VI y VII a la Circular Básica Contable 100-000007 de 2022. Esta normativa establece los lineamientos para la preparación, presentación y revelación de información financiera. El Capítulo V aborda regímenes especiales como compañías multinivel, SAPAC, operaciones de libranza, factoring y clubes de fútbol. El Capítulo VI detalla el régimen de insolvencia, incluyendo procesos de reorganización y liquidación judicial, así como mecanismos expeditos. Finalmente, el Capítulo VII regula la liquidación voluntaria, abarcando el contenido del inventario, distribución de remanentes y reactivación. Dirigida a representantes legales, contadores, revisores fiscales y liquidadores, esta circular busca proporcionar guías contables y de aseguramiento según la Ley 1314 de 2009.

La CREG extendió la vigencia transitoria del artículo 45 de la Resolución CREG 102 015 de 2025 por cuatro trimestres adicionales, es decir, hasta el 31 de agosto de 2027. Esta medida permite a los agentes negociar contratos de capacidad de transporte firme de gas natural dentro del trimestre de ejecución para cubrir necesidades operativas. La Comisión considera necesario prolongar esta fase temporal para evaluar a fondo sus efectos sobre los incentivos de contratación, la utilización de la capacidad de transporte y la coherencia con los objetivos del mercado. Este periodo adicional permitirá observar el comportamiento del mercado bajo diversas condiciones antes de decidir si el mecanismo se establece permanentemente, se modifica o se elimina, buscando armonizar las metodologías de suministro y transporte de gas natural.

La CREG publicó para consulta pública, la modificación de la Resolución CREG 102 008 de 2022. Su fin es crear un mecanismo de remuneración diferenciado para proyectos IPAT de regasificación, especialmente aquellos que usan Unidades Flotantes de Almacenamiento y Regasificación (FSRU) con costos recurrentes significativos denominados en dólares. Esto busca adecuar la remuneración a la naturaleza en moneda extranjera de estas obligaciones, asegurando la viabilidad económica y fortaleciendo la confiabilidad y seguridad del abastecimiento de gas natural en Colombia, conforme al Plan de Abastecimiento vigente. Se invita a empresas, usuarios y autoridades a enviar observaciones.

La SSPD reiteró el derecho al acceso a los servicios públicos domiciliarios para cualquier persona que habite un inmueble, cumpliendo requisitos técnicos y legales. En "asentamientos ilegales" no hay prohibición expresa, pudiendo implementarse esquemas diferenciales como pilas públicas o carrotanques ante la inviabilidad de redes. Es clave que la solicitud de acueducto y alcantarillado sea conjunta; si no hay red de alcantarillado, el usuario debe proponer una solución individual de tratamiento de aguas residuales aprobada ambientalmente. Los municipios son garantes del servicio, y las suspensiones a poblaciones vulnerables deben respetar el mínimo vital, evitando la vulneración de derechos fundamentales.