El MINISTERIOD E Trabajo busca prorrogar la vigencia del régimen especial de pensiones para trabajadores en actividades de alto riesgo, establecido originalmente en los Decretos 2090 de 2003 y 2655 de 2014, hasta que el Congreso expida una ley al respecto. Esta decisión responde a la persistencia de condiciones laborales que afectan la expectativa de vida saludable, justificada por evidencia técnica y respaldada por la Corte Constitucional para evitar la regresividad en derechos sociales. El decreto reconoce la necesidad de proteger a estos trabajadores, garantizando la progresividad y no disminución en sus beneficios pensionales, además de extender la protección a quienes ingresen al sistema tras la publicación de la norma. Así, se reafirma el compromiso con la seguridad social como derecho irrenunciable y la igualdad material frente a los riesgos laborales que enfrentan ciertos colectivos.
El Consejo de Estado negó la suspensión provisional de los artículos 2.2.1.5.19, 2.2.1.5.20 y 2.2.1.5.21 del Decreto 1227 de 2022 porque no encontró, en esta etapa preliminar, una vulneración clara a la Ley 1221 de 2008 ni un exceso en la potestad reglamentaria del Gobierno. Estas disposiciones desarrollan de manera razonable y armónica las obligaciones patronales en teletrabajo, permitiendo mecanismos como acuerdos para el uso de equipos propios y compensaciones por servicios. Suspenderlas generaría un vacío normativo que afectaría la seguridad jurídica y la continuidad de la política pública laboral en teletrabajo, privando a empleadores y trabajadores de figuras normativas necesarias para cumplir las obligaciones legales.
La presente resolución reglamenta la Ley 2173 de 2021 y será aplicada por las autoridades municipales distritales ambientales competentes y las indígenas en el marco de sus competencias ambientales acorde con lo establecido en el decreto 1275 de 2024 según la respectiva jurisdicción. Una vez delimitadas las áreas de vida y se definan los lineamientos por parte de las autoridades ambientales, la secretaría de planeación municipal o distrital o aquella que tenga dentro de su misionalidad el componente ambiental, establecerá el calendario opcional para la siguiente vigencia señalando cuándo se llevarán a cabo las jornadas de plantación o siembra por parte de las medianas y grandes empresas la comunidad y las instituciones promoviendo la conciencia ambiental.
La DIAN reafirma que para que los pagos laborales y prestacionales derivados de litigios judiciales sean deducibles en el impuesto sobre la renta, es indispensable que estén respaldados mediante el documento soporte de pago de nómina electrónica (DSNE). Aunque el trabajador no mantenga una relación laboral vigente con el empleador, estos pagos conservan su naturaleza laboral y deben cumplir los mismos requisitos fiscales que los salarios ordinarios. El DSNE cumple una función probatoria fundamental para que el empleador acredite estos gastos y asegure la legalidad y transparencia en su deducción fiscal. Esta disposición fortalece la correcta aplicación de la normativa tributaria en materia laboral.
La Corte Constitucional recordó que el fuero de maternidad protege a las trabajadoras desde el embarazo hasta que culmina el período de lactancia, según la Sentencia SU 075 de 2018 y el artículo 238 del Código Sustantivo del Trabajo. Este fuero incluye seis garantías complementarias y graduales: (i) prohibición general de despido por embarazo o lactancia; (ii) autorización obligatoria del Inspector del Trabajo para despedir en ese periodo; (iii) presunción de despido discriminatorio si ocurre durante embarazo o lactancia; (iv) derecho a indemnización de 60 días si se prueba discriminación; (v) pago por licencia de maternidad no disfrutada; y (vi) nulidad del despido durante los descansos protegidos. Estas protecciones aseguran la estabilidad laboral y derechos de las madres trabajadoras.