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Martes, 28 Julio 2026

Edición 1686 Bogotá, D.C.

ISSN 2711-1636

El Ministerio del Trabajo proyecta actualizar y modernizar el procedimiento de convocatoria e integración de los Tribunales de Arbitramento Obligatorio en conflictos laborales. Esta iniciativa, enmarcada en la Constitución y convenios internacionales de la OIT, busca garantizar el derecho a la negociación colectiva y el acceso a la justicia, haciendo los trámites más eficaces y ágiles. Se enfatiza la no aplicación de la Ley 1563 de 2012 al arbitraje laboral y se fomenta el uso de plataformas tecnológicas y virtuales para las solicitudes. El proyecto detalla los requisitos documentales para sindicatos y empleadores, define la renuencia de las partes en la designación de árbitros y establece topes para los honorarios de los árbitros y secretarios, con provisiones claras para casos de anulación de laudos. El objetivo es preservar la paz laboral y la pronta solución de disputas colectivas.

El Gobierno expidió una norma que reglamenta el procedimiento, alcance y criterios para la aplicación de medidas preventivas por parte de las autoridades de inspección, vigilancia y control del trabajo, con el fin de fortalecer la protección inmediata de los derechos fundamentales de los trabajadores. La norma define estas medidas como órdenes cautelares, temporales y proporcionales, que no constituyen sanciones, y establece que podrán adoptarse de oficio o a solicitud de parte cuando exista un riesgo grave o inminente para la vida, la salud, la integridad o los derechos laborales. Entre ellas contempla la suspensión de actividades peligrosas, la reubicación de personal, la separación temporal de presuntos agresores en casos de acoso o violencia, la exigencia de medidas de seguridad y el seguimiento obligatorio a su cumplimiento, cuyo incumplimiento podrá dar lugar a multas sucesivas y otras consecuencias administrativas.

El Gobierno modificó artículos del Decreto 1082 de 2015 y 875 de 2024, ampliando el plazo de transición para que el Registro Universal de Ingresos (RUI) se establezca como el único instrumento de focalización de subsidios y programas sociales en Colombia. A partir del 1 de agosto de 2026, el RUI será obligatorio para este fin. La fecha límite para la transición de beneficiarios del Sisbén al RUI se extiende hasta el 31 de octubre de 2026. Las entidades deben diseñar y publicar esquemas de transición, cronogramas y estrategias de divulgación y pedagogía. Esta prórroga busca garantizar el alistamiento técnico, operativo e institucional y una transición ordenada de la oferta social.
El Gobierno adicionó una sección al Decreto 1072 de 2015, adoptando lineamientos para el Programa de Empleo Nocturno (PEN). Su finalidad es incentivar la generación de empleo, promover la formalización laboral, la formación de competencias y la gestión de vacantes en actividades que operan entre las 19:00 y las 06:00 horas del día siguiente. Prioriza sectores como hotelería, restaurantes, agricultura y transporte. Este programa busca garantizar el trabajo decente, sin modificar el régimen laboral vigente de jornada o recargos, y contempla medidas de seguridad, movilidad y servicios de cuidado. La implementación involucra al Ministerio del Trabajo y entidades territoriales, con base en diagnósticos y programas piloto.
El Ministerio de Ambiente, en conjunto con Salud y Trabajo, impulsa un proyecto de resolución para identificar sustancias químicas de uso industrial prioritarias, clave para la gestión de riesgos para la salud y el ambiente. La norma establece un "enfoque de riesgo", combinando variables de peligro y exposición. A partir del Inventario Nacional de Sustancias Químicas de Uso Industrial (INSQUI), se evaluará la peligrosidad (salud/ambiente), las cantidades fabricadas/importadas y sus usos. Las sustancias categorizadas en "prioridad alta", incluyendo CMRTAC y las nuevas, requerirán información adicional, facilitando así una gestión integral y efectiva para proteger a la población y el ecosistema.