La CRA aclaró que las Empresas de Servicios Públicos (ESP) pueden expandir su operación a municipios diferentes al de su domicilio, siempre que cumplan con requisitos técnicos, ambientales y contractuales. No se necesita una autorización previa de la CRA para establecer una nueva Área de Prestación del Servicio (APS), pero la empresa debe definirla, reportarla al municipio y actualizar el RUPS. Es indispensable un estudio tarifario independiente y un Contrato de Condiciones Uniformes específico para cada nueva APS. Las tarifas, aunque fijadas por la Junta Directiva, requieren un proceso de comunicación a usuarios, autoridades y publicación, no pudiendo aplicarse antes de 15 días hábiles tras cumplir el último de estos requisitos. El inicio formal de la operación exige capacidad técnica, operativa y las licencias aplicables.