Acceso   

Ingrese a su cuenta

Usuario *
Clave *
Recordarme
Viernes, 10 Julio 2026

Edición 1678 Bogotá, D.C.

ISSN 2711-1636

El Ministerio de Ambiente consideró que según la Ley 2250 de 2022 y la Resolución 1830 de 2024, los pequeños mineros deben tramitar obligatoriamente una Licencia Ambiental Temporal (LAT) para continuar sus operaciones. Si bien las guías minero-ambientales y buenas prácticas deben considerarse en el Estudio de Impacto Ambiental, el Ministerio enfatiza que no reemplazan la LAT. Esta licencia es el instrumento legal que habilita y regula la actividad, estableciendo un marco ambiental vigente y especial para la pequeña minería mientras se avanza hacia la licencia global o definitiva.
La CRA hizo precisiones sobre el "concurso económico" en el servicio de aseo. Aclara que, aunque el concurso económico es una tasa contributiva nacional reglamentada por el Decreto 0007 de 2010 y debe ser pagado por los prestadores, solo el valor expresamente reconocido en la Resolución CRA 720 de 2015 puede trasladarse a la tarifa final de los usuarios. Cualquier monto que exceda este precio techo no será remunerado en la tarifa, constituyendo un cobro no autorizado. La CRA reitera que su competencia tarifaria es limitada y que las obligaciones adicionales derivadas de otras normas, si afectan la suficiencia financiera, deben gestionarse mediante solicitudes específicas de modificación tarifaria.
La CRA aclaró que no ha evaluado el impacto regulatorio del Descuento del Costo Máximo (DCM) sobre el Valor Base de Aprovechamiento (VBA) en Bogotá; argumentó que se trata de un asunto contractual ajeno a sus funciones específicas de estudio. Sin embargo, la CRA anunció una nueva propuesta tarifaria para el servicio de aseo. Esta buscará reconocer costos independientes para la actividad de aprovechamiento, incluyendo por primera vez a los recicladores de oficio y planteando costos diferenciales para sus organizaciones. Adicionalmente, la CRA asistirá a una mesa de trabajo interinstitucional sobre el tema, convocada por la Procuraduría.
La CREG publicó un proyecto de resolución que establece un programa transitorio de incentivos al uso eficiente de energía eléctrica. El objetivo es contribuir a la reducción de la demanda regulada en situaciones de estrechez energética, baja hidrología o riesgo para la confiabilidad del suministro, buscando prevenir desabastecimientos. Este programa, de naturaleza excepcional, autofinanciado y de aplicación automática para usuarios regulados, operará mediante un esquema diferencial de cobros por consumos excedentes a una meta individual y la distribución de recursos entre quienes logren mayores ahorros. Los comercializadores deberán divulgar el programa y sus mecanismos de beneficio, así como la meta individual de consumo y consejos prácticos para reducirlo.
La CREG solicita a los Operadores de Red información sobre las solicitudes de conexión de proyectos Clase 2, gestionadas entre el año 2022 y el 30 de abril de 2026. Esta medida busca dotar a la CREG de datos que permitan analizar y orientar el desarrollo de la movilidad eléctrica en el país desde una perspectiva regulatoria. Los operadores deben remitir en formato Excel detalles como el identificador de la solicitud, fechas de radicación y respuesta, estado del trámite, ubicación, tipo de proyecto, niveles de tensión y potencias solicitadas y aprobadas. La información es un insumo crucial para los análisis de la Comisión, que no inicia una actuación administrativa ni genera nuevas obligaciones, y debe ser entregada a más tardar el 6 de julio de 2026.