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Lunes, 08 Junio 2026

Edición 1655 Bogotá, D.C.

ISSN 2711-1636

 La SSPD enfatiza el derecho de los usuarios a la medición real e individual de sus consumos en el servicio de acueducto, siendo este el pilar para la facturación. Para propiedades horizontales, se exige medición individual en áreas comunes, y el prestador debe justificar técnicamente cualquier excepción. Además, la SSPD recalca la configuración del silencio administrativo positivo si los prestadores no responden o notifican peticiones, quejas o recursos en el plazo de 15 días hábiles. Se recomienda a los usuarios contactar directamente al prestador para casos específicos.

Se publicó un proyecto de norma para adoptar e implementar el trámite de registro y sustitución de las cuentas maestras que utilizan las entidades territoriales para administrar los recursos del Sistema General de Participaciones destinados a agua potable y saneamiento básico. La propuesta busca establecer un procedimiento técnico y operativo unificado que garantice trazabilidad financiera, seguridad jurídica y control sobre estos recursos públicos. La iniciativa define los requisitos documentales para el registro inicial y la sustitución de cuentas maestras, fija plazos para la revisión de solicitudes y establece causales específicas para autorizar cambios de cuenta, como deficiencias bancarias o incumplimientos contractuales. Además, obliga a municipios, distritos y departamentos a manejar los recursos en una única cuenta registrada ante el ministerio, evitando su mezcla con otros fondos públicos.

 El Ministerio de Ambiente precisó aspectos sobre la inversión del 1% de los ingresos corrientes destinados a la conservación de áreas estratégicas para acueductos municipales. Aclara que estos recursos deben ser usados exclusivamente para la adquisición o mantenimiento directo de predios con actividades de preservación y restauración ecológica. No es jurídicamente viable destinar fondos para contratación de personal operativo o técnico ni para proyectos de caracterización ambiental. Sin embargo, sí se permite financiar gastos asociados a monitoreo y seguimiento ambiental. La autoridad ambiental competente brindará el apoyo técnico necesario a las entidades territoriales para garantizar el cumplimiento normativo y adecuado uso de los recursos.

El Ministerio de Ambiente propone reglamentar los Consejos Territoriales del Agua (CTA), una iniciativa del Plan Nacional de Desarrollo 2022-2026. Estos consejos, sin potestad decisoria, buscan ser instancias permanentes de coordinación, articulación y participación para fortalecer una gobernanza multinivel, inclusiva y justa del recurso hídrico y el ordenamiento territorial alrededor del agua. Su objetivo principal es orientar procesos de planificación participativos, promoviendo la protección ambiental, la seguridad hídrica, la adaptación al cambio climático y la gestión del riesgo. Los CTA se conformarán en ecorregiones estratégicas, integrando a representantes de comunidades indígenas, afrodescendientes, campesinos, mujeres, jóvenes, sectores productivos y organizaciones ambientales, entre otros, fomentando así una visión integral y sostenible.

La CRA anunció la culminación en Bogotá de su ruta nacional de Talleres de Acompañamiento Técnico. Estos encuentros, que incluyeron a grandes prestadores (5,000 a 17,000 suscriptores), se centraron en la implementación del Nuevo Marco Tarifario para Acueducto y Alcantarillado, adoptado por la Resolución CRA 1032 de 2026. Las jornadas, realizadas también en Santa Marta, Cali, Villavicencio y Medellín, facilitaron el diálogo y la preparación técnica, abordando costos e inversiones. Este marco, fruto de años de estudio, busca fortalecer la sostenibilidad, promover inversiones eficientes y asegurar tarifas transparentes para más de 30 millones de usuarios.