El Gobierno puso en marcha un proyecto que reforma la Resolución 0509 de 2018, buscando actualizar los requisitos para que las personas jurídicas puedan acceder al descuento del 25% en el impuesto sobre la renta por inversiones dedicadas al control, conservación y mejoramiento del medio ambiente. La propuesta ajusta la acreditación de proyectos de eficiencia energética en línea con las nuevas metas nacionales establecidas en el PAI PROURE 2022-2030. Además, introduce directrices y un nuevo formato específico para las inversiones destinadas a la gestión de residuos sólidos peligrosos. La normativa también actualiza los formatos de solicitud y exige el uso de la Ventanilla Integral de Trámites Ambientales en Línea (VITAL), otorgando un plazo de seis meses para su adaptación. Se reitera que las inversiones realizadas por mandato de una autoridad ambiental para mitigar impactos no serán elegibles para este beneficio.
El Gobierno creó la Agencia Nacional de Seguridad Nuclear (ANSN), un organismo esencial para supervisar y controlar el uso seguro y pacífico de las tecnologías nucleares y las radiaciones ionizantes en todo el territorio nacional. La normativa regula aplicaciones en salud, industria, agricultura, investigación y docencia, garantizando la protección de personas y el ambiente contra los efectos nocivos de la radiación. La ANSN establecerá requisitos para reactores e instalaciones, otorgará autorizaciones, inspeccionará actividades, gestionará materiales nucleares y radiactivos, y asegurará el cumplimiento de obligaciones internacionales. Además, promoverá la seguridad tecnológica y física, la investigación y el desarrollo, fomentando una cultura de prevención de incidentes y asegurando la transparencia en la información pública sobre estas actividades. Todos los materiales nucleares serán para fines exclusivamente pacíficos. Ley 2603-2026
La Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) analizó el proyecto que actualiza y armoniza las regulaciones sobre publicidad, promoción y exhibición de productos de tabaco, sus derivados y sucedáneos, conforme a la Ley 2354 de 2024 y el Convenio Marco de la OMS. El proyecto busca prohibir la exhibición pública de estos productos y establecer estrictos mecanismos de doble verificación para evitar su venta a menores de edad en el comercio electrónico. La SIC reconoce que, aunque estas restricciones podrían limitar la competencia al afectar la promoción comercial, están plenamente justificadas por el interés superior del Estado en proteger la salud pública y, especialmente, a niños, niñas y adolescentes, un objetivo respaldado por la jurisprudencia constitucional. Sin embargo, la SIC sugiere al regulador profundizar en la justificación de la razonabilidad y proporcionalidad de las nuevas obligaciones operativas y tecnológicas para el comercio electrónico.
La Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) respondió a la Procuraduría, reafirmando la justificación legal y técnica para prohibir toda forma de promoción de cigarrillos, productos de tabaco, sus derivados y dispositivos asociados. La SIC fundamenta su proyecto de Circular Externa en la Ley 1335 de 2009 (Art. 16), expandida por la Ley 2354 de 2024, que incluye sistemas electrónicos y tabaco calentado, en consonancia con el Convenio Marco de la OMS y la interpretación de la Corte Constitucional (C-830 de 2010), que equipara la exhibición a promoción. Para proteger el derecho a la información del consumidor adulto, se permitirá un listado textual de precios, habilitando otros mecanismos. Aunque la medida protege indirectamente a menores, su objetivo principal es el cumplimiento de prohibiciones legales vigentes y la salud pública, sin implicar afectaciones anticompetitivas inherentes. El análisis de riesgos está en la memoria justificativa.
El Ministerio de Ambiente clarificó la competencia para el control y seguimiento de la trazabilidad de residuos peligrosos (RESPEL) reportada en el RUA/RETC, ante la consulta sobre la coherencia entre información de generadores, gestores y el IDEAM. La respuesta indica que la autoridad ambiental competente para la inscripción y validación del RUA es aquella que otorgó la licencia ambiental o plan de manejo. Así, en proyectos con licencia ANLA (Escenario 1), la ANLA es la autoridad para el RUA. Si hay licencia ANLA y permisos adicionales de una Corporación Autónoma Regional (CAR) (Escenario 2), la ANLA sigue siendo la validadora del RUA, pero la CAR debe revisar y pronunciarse sobre la información de sus permisos específicos en la plataforma. Para gestores de RESPEL que requieran licencia ambiental para su operación, la CAR que la otorgue será la competente para su RUA. Esto busca definir roles y evitar duplicidades, usando la información del RUA para el control sin limitar otras funciones de las autoridades.