La Corte Constitucional amparó los derechos fundamentales al debido proceso y a la igualdad del Distrito de Santiago de Cali y del municipio de Yopal, y dejó sin efectos las decisiones proferidas previamente por el Consejo de Estado. El Alto Tribunal determinó que estas providencias incurrieron en defectos sustantivos y fácticos, así como en falta de motivación, al interpretar de manera irrazonable el artículo 14 de la Ley 2082 de 2021. Según la Corte, esta interpretación restringió indebidamente la facultad de las ciudades capitales para adoptar el régimen del Impuesto de Industria y Comercio (ICA) aplicable al Distrito Capital de Bogotá, al limitarla a determinadas tarifas en lugar de reconocer el rango tarifario más amplio previsto en el Decreto Ley 1421 de 1993. La decisión advirtió que esta restricción desconocía la autonomía territorial y los principios de descentralización administrativa. En consecuencia, la Corte dejó sin efectos las sentencias proferidas por la Sección Cuarta del Consejo de Estado.