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Domingo, 21 Junio 2026

Edición 1664 Bogotá, D.C.

ISSN 2711-1636

El Ministerio de Minas busca establecer el Distrito Minero Especial para la Diversificación Productiva del Valle del Cauca. Este distrito, que abarca los municipios de Buenaventura, Cali, Dagua y Jamundí en aproximadamente 840.639 hectáreas, busca transformar la economía regional. La iniciativa, alineada con el Plan Nacional de Desarrollo 2022-2026, tiene como objetivos clave promover la diversificación productiva, fomentar la asociatividad de pequeños mineros, impulsar la formalización, la producción limpia y las buenas prácticas, además de facilitar la reconversión laboral y la solución concertada de conflictos. También se busca garantizar la soberanía alimentaria de las comunidades locales. Una Mesa de Trabajo Interinstitucional diseñará un Plan Estratégico de Gestión a cuatro años, priorizando la participación de comunidades indígenas, afrodescendientes y otros grupos étnicos, así como la protección ambiental y el potencial agrícola del territorio.

La ANM respondió a la Corporación Autónoma Regional de los Valles del Sinú y del San Jorge (CVS) sobre la declaratoria de calamidad pública en Córdoba. La ANM aclaró que no es necesario expedir nuevas medidas administrativas excepcionales para el aprovechamiento temporal de materiales de construcción en zonas sin título minero, destinados a obras urgentes de mitigación. La entidad señaló que el mecanismo ya está regulado por el artículo 21 de la Ley 2250 de 2022 y la Resolución VSC No. 000001 de 2023. Los entes territoriales pueden activar este uso excepcional cumpliendo condiciones como que los materiales estén en áreas no tituladas, no se comercialicen, se cuente con apoyo técnico para mitigar daños ambientales y se realice el pago de regalías, certificando volumen y coordenadas a la ANM.

El Ministerio de Ambiente confirmó la aplicabilidad de la cesión parcial de licencias ambientales en proyectos mineros, incluso cuando el polígono inicial se divide. La condición indispensable es que el polígono ambiental original se mantenga. La entidad subraya que no es necesario un nuevo trámite de licencia ambiental para el área cedida; en su lugar, debe gestionarse la cesión parcial conforme al Decreto 1076 de 2015 y la Ley 685 de 2001 (Código de Minas). Para que la cesión parcial proceda, las obligaciones deben ser fraccionables. El Ministerio enfatiza que las Autoridades Ambientales deben adherirse a esta normativa, aunque aclara que los conceptos jurídicos emitidos no son vinculantes, sirven como una guía fundamental para la correcta aplicación de la legislación.

El Ministerio de Minas ordenó el giro de $17.980.307.137,01 a municipios productores de oro, plata y platino, correspondientes al recaudo del impuesto percibido durante febrero de 2026. Esta significativa distribución de recursos, que excluye un pequeño reintegro por débitos no debidos, se realiza en cumplimiento de la Ley 488 de 1998 y el Decreto 2173 de 1992, asegurando que los fondos beneficien directamente a las comunidades donde se extraen estos metales preciosos. El proceso implicó la recolección de los impuestos por parte de la Dirección General de Crédito Público y del Tesoro Nacional del Ministerio de Hacienda, seguida por la distribución detallada de la Agencia Nacional de Minería. Municipios como Amalfi, El Bagre, Marmato, Remedios y Segovia, en Antioquia y Caldas, son algunos de los beneficiados directos, recibiendo los fondos en sus cuentas bancarias validadas. Esta medida, que fortalece las finanzas locales, es un acto de ejecución que rige desde su expedición.

La iniciativa publicada por el ministerio de Trabajo exigirá que todas las inversiones y programas ejecutados en el territorio, tanto del sector público como privado, contraten como mínimo el 50% de mano de obra local. El objetivo es fomentar la economía territorial, garantizar el derecho al trabajo y promover la participación activa de las comunidades en sus proyectos. Se establecería un proceso de priorización, comenzando por los residentes del área de influencia del proyecto, luego municipios colindantes, el departamento y, si es necesario, el resto del territorio nacional. Se priorizará a personas con barreras para la inserción laboral y se consideran reglas específicas para situaciones de emergencia, reforestación o forestación. Las empresas deberán registrar sus vacantes y reportar semestralmente el cumplimiento de esta obligación, garantizando que la mano de obra calificada y no calificada provenga de la región donde se ejecute la inversión o programa.