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Miércoles, 08 Mayo 2024

Edición 1160 Bogotá, D.C.

ISSN 2711-1636

La Autoridad Minera anunció que habilitará un nuevo módulo en el Sistema Integral de Gestión Minería - Anna minería-, el cual permitirá a los titulares mineros y demás beneficiarios de prerrogativas de explotación autorizadas por la ley, realizar su declaración y pago de regalías. La entidad anuncia que con la implementación de este desarrollo tecnológico, se permitirá obtener información más clara y precisa derivada del proceso de declaración de producción y liquidación de regalías y demás contraprestaciones para la explotación de minerales.

 La Sala consideró que no se vulneró el derecho de petición de la Comunidad Indígena Wayúu de La Lomita, por cuanto, en efecto, se logró constatar que el 20 de octubre de 2022, la comunidad demandante presentó solicitud ante la Presidencia de la República, el Ministerio del Interior, el Ministerio de Salud, la Corporación Autónoma Regional de La Guajira y la sociedad Carbones del Cerrejón Limited. El Departamento Administrativo de la Presidencia de la República le informó al actor que remitió por competencia la petición de la comunidad accionante al MinMinas y al MinAmbiente, al considerar que eran las autoridades encargadas de atender sus solicitudes. Por esa razón, la Sala estimó que no hubo vulneración alguna de tal garantía constitucional.

La Contraloría General de la República, efectúa vigilancia y control fiscal de forma prevalente, sobre los recursos de la Nación que a cualquier título se transfieran para su ejecución a las entidades territoriales, como los recursos que forman parte del Sistemas General de Participaciones y el Sistema General de Regalías. En cuanto a la cuota de fiscalización por la vigilancia y el control fiscal de la CGR a los recursos ejecutados por las entidades territoriales, concretamente los provenientes del Sistema General de Participaciones, fueron exonerados de tal gravamen, y respecto a los recursos del Sistema General de Regalías, son objeto, por mandato legal, de la aplicación de un porcentaje para la CGR destinado a cubrir los gastos de los equipos que desempeñan tales funciones.

Este espacio estará disponible para recibir comentarios hasta el 08 de abril de 2024. La ANM pone a disposición el Proyecto de Resolución “Por medio de la cual se establecen las condiciones y periodicidad del reporte de información de los titulares mineros y beneficiarios de las demás figuras que por mandato legal permiten la exploración y explotación de recursos naturales no renovables en la plataforma de Control a la Producción de la ANM, con el propósito de evidenciar los datos reales de producción y apoyar los procesos de fiscalización”.

El presente proyecto de resolución aplica para los títulos mineros que se encuentran priorizadas en el Plan de Acción bianual de la VSCSM en lo referente a la fiscalización, cuyas inspecciones de campo serán objeto de cobro.  El Plan de Acción corresponde a una herramienta de planificación acondicionada para la gestión, ejecución y control de objetivos, metas y proyectos, estableciéndose como la hoja de ruta bianual

de la Vicepresidencia de Seguimiento, Control y Seguridad Minera, y en el cual se encuentran priorizados los títulos cuyas inspecciones de campo serán objeto de cobro. Las actividades y las demás que sean asignadas por la ley y los reglamentos son las necesarias para realizar el seguimiento y control de un título minero mediante la ejecución de las inspecciones de campo objeto de cobro, las cuales se encuentran indicadas en el presente documento.