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Lunes, 14 Septiembre 2026

Edición 1721 Bogotá, D.C.

ISSN 2711-1636

La Agencia Nacional de Minería (ANM) precisó el tratamiento de las porciones correspondientes a celdas ocupadas parcialmente por títulos mineros dentro del sistema de cuadrícula. La entidad explicó que, cuando estas áreas son devueltas conforme a la Resolución 3361 de 2025, no adquieren automáticamente la condición de áreas libres, sino que son incorporadas al Banco de Áreas Mineras con destinación específica para procesos de formalización. Por ello, terceros no pueden presentar propuestas ordinarias de concesión mientras subsista dicha afectación. La ANM señaló que esta reserva tiene carácter temporal y que, si transcurren dos años desde la aceptación de la devolución sin asignación para formalización, las áreas podrán ser liberadas para el régimen ordinario, previa actuación expresa de la autoridad minera.

La ANM hizo precisiones respecto a los "Gastos en exploración e inversiones en explotación (GeI)" para la evaluación financiera de quienes buscan habilitarse en procesos de adjudicación de Áreas de Reserva Estratégica Minera. Ante la inquietud sobre su definición precisa, la ANM aclara que, si bien la normativa no detalla rubros específicos, cada solicitante es responsable de clasificar sus gastos de exploración e inversiones según su contabilidad interna, certificada por un revisor fiscal o contador. La entidad verificará la conexión directa de estos montos con títulos mineros activos. Se subraya que esta orientación es una ilustración general y no vinculante, brindando claridad sin establecer obligaciones.

La ANM precisó que la margen de un río definida ambientalmente no equivale automáticamente al "borde de mina" para calcular regalías de materiales de arrastre, lo cual requiere análisis técnico caso por caso. Además, precisó que los materiales usados por entidades territoriales en obras de mitigación, bajo un régimen excepcional, deben pagar las regalías correspondientes. La ANM también profundizó en las condiciones para la minería de subsistencia, especificando los tipos de terrenos y herramientas manuales permitidas, y advierte que sus conceptos son ilustrativos y no vinculantes.

El Ministerio de Minas y Energía proyecta derogar las resoluciones mediante las cuales fueron delimitados 15 Distritos Mineros Especiales para la Diversificación Productiva, al concluir que, en su configuración actual, la figura no ha demostrado resultados verificables en diversificación productiva, reconversión laboral, industrialización ni mejoramiento de las condiciones de vida. El proyecto advierte que los Planes Estratégicos de Gestión previstos para materializar los Distritos no han sido formulados, por lo que las delimitaciones han operado principalmente como demarcaciones territoriales sin el componente de gestión que las justifica. Además, señala que las resoluciones no establecieron mecanismos suficientes de coordinación con los instrumentos de ordenamiento territorial, reglas para resolver superposiciones, límites, vigencia o transición, generando incertidumbre para autoridades, comunidades y titulares mineros. El Ministerio considera que las delimitaciones también pueden desestimular la inversión y afectar actividades que generan empleo, regalías y rentas locales, sin que existan alternativas productivas ciertas, financiadas y técnicamente viables que permitan sustituirlas. Por ello, plantea retirar las delimitaciones para reorientar la política hacia una diversificación que complemente la actividad minera, en lugar de promover su sustitución progresiva.

La DIAN emitió un concepto sobre la devolución de la contribución parafiscal del Fondo Nacional de Esmeraldas (FNE), que recae sobre los exportadores de esmeraldas sin engastar. La entidad aclaró que Fedesmeraldas, al ser la administradora de esta contribución, está facultada para tramitar su recaudo, control y también sus devoluciones. Por lo tanto, le corresponde a Fedesmeraldas establecer los procedimientos, resoluciones o actos administrativos necesarios para realizar dichas operaciones, incluyendo la expedición de notas crédito y la definición de soportes contables, pudiendo adaptar procesos existentes o crear los propios.