La ANM hizo precisiones respecto a los "Gastos en exploración e inversiones en explotación (GeI)" para la evaluación financiera de quienes buscan habilitarse en procesos de adjudicación de Áreas de Reserva Estratégica Minera. Ante la inquietud sobre su definición precisa, la ANM aclara que, si bien la normativa no detalla rubros específicos, cada solicitante es responsable de clasificar sus gastos de exploración e inversiones según su contabilidad interna, certificada por un revisor fiscal o contador. La entidad verificará la conexión directa de estos montos con títulos mineros activos. Se subraya que esta orientación es una ilustración general y no vinculante, brindando claridad sin establecer obligaciones.