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Domingo, 21 Junio 2026

Edición 1664 Bogotá, D.C.

ISSN 2711-1636

La Agencia Nacional de Minería destacó el Registro Único de Comercializadores de Minerales (RUCOM) como herramienta clave para garantizar la legalidad, trazabilidad y transparencia en la comercialización de minerales en Colombia durante 2026. Este sistema permite certificar a quienes están autorizados para comercializar, transformar o consumir minerales, además de facilitar la inscripción y consulta en línea de actores del sector. La entidad recordó que, según la normativa vigente, todos los comercializadores deben inscribirse y renovar anualmente su registro en mayo, so pena de sanciones o la imposibilidad de operar.

El Ministerio de Minas busca reglamentar el Programa de Reconversión Productiva de actividades mineras, cumpliendo con la Ley 2250 de 2022. Esta iniciativa persigue ofrecer alternativas económicas sostenibles a pequeños mineros, mineros de subsistencia y a aquellos que no lograron formalizarse, cuando enfrentan impedimentos sociales, económicos o ambientales. El programa prioriza la diversificación productiva, el fortalecimiento de microempresas y emprendimientos, y la protección ambiental, garantizando una transición justa. Se fundamenta en principios de articulación interinstitucional, gradualidad, igualdad, equidad de género y enfoques diferenciales y étnicos, coordinando esfuerzos con diversas entidades estatales para un desarrollo territorial armónico y digno, asegurando la participación comunitaria.

La ANM respondió una solicitud de la Corporación Autónoma Regional de los Valles del Sinú y del San Jorge (CVS), en el marco de la calamidad pública declarada en Córdoba por intensas lluvias. La ANM precisó que no es necesaria la expedición de nuevas medidas administrativas excepcionales para el aprovechamiento temporal de materiales de construcción en zonas sin título minero para obras de mitigación urgentes. El mecanismo excepcional ya existe, respaldado por el artículo 21 de la Ley 2250 de 2022 y reglamentado por la Resolución VSC No. 000001 de 2023. Los entes territoriales solo deben activar este procedimiento, identificando las áreas, certificando el volumen requerido y cumpliendo con el pago de regalías, asegurando una respuesta inmediata a la emergencia.

Los Ministerios de Minas y Ambiente buscan reglamentar la economía circular en el sector minero, dando cumplimiento al artículo 12 de la Ley 2250 de 2022. La propuesta persigue que residuos mineros como estériles y colas de metales preciosos, piedras y materiales de construcción sean aprovechados secundariamente por empresas o asociaciones especializadas, fomentando la reincorporación de minerales y generando valor agregado. El marco regulatorio establece permisos mineros y requisitos ambientales estrictos para este aprovechamiento, incluyendo la necesidad de análisis y remoción de mercurio antes del uso de cianuro. Además, la normativa detalla cómo se realizará la recuperación y restauración ambiental de zonas afectadas por explotaciones sin un responsable identificado. La resolución subraya el pago de regalías por el aprovechamiento secundario, impulsa la asistencia técnica, la investigación y la innovación, y excluye a los mineros de subsistencia, promoviendo un modelo de producción y consumo más eficiente y sostenible.

El Consejo de Estado anuló los ajustes de la DIAN a Cerro Matoso al concluir que la Administración no probó la supuesta subvaloración en operaciones con vinculados bajo el régimen de precios de transferencia. La Sala evidenció que la DIAN no desvirtuó la metodología ni el rango de comparables utilizados por la empresa para la venta de ferroníquel, y que modificó sin sustento la fórmula de precios al excluir costos necesarios para llevar el valor de referencia internacional a condiciones FOB. Asimismo, determinó que la entidad caracterizó erróneamente los depósitos como préstamos y empleó comparables inadecuados, pese a que las tasas pactadas estaban dentro de rangos de mercado, por lo que no se acreditó la obtención de mayores ingresos.