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Jueves, 25 Abril 2024

Edición 1153 Bogotá, D.C.

ISSN 2711-1636

Para la SIC, si bien el proyecto introduce un plazo de transición para conservar el registro de la actividad y las disposiciones de etiquetado, no ocurre lo mismo con el cumplimiento de otros requisitos. Por ejemplo, los que se relacionan con los requisitos de siembra y aislamiento, la pureza genética y la sanidad de la semilla, el tratamiento químico y biológico de semillas para la protección contra plagas y patógenos, los parámetros de calidad de las semillas, entre otros. A demás, se observa que el proyecto no fija plazo que tendrán los agentes económicos para agotar el inventario existente que cumple con los estándares técnicos contenido en las resoluciones que se pretenden derogar mediante la expedición de la iniciativa regulatoria y ajustar sus operaciones a las nuevas exigencias que incorpore el acto a expedir.

Esta Cartera Ministerial modificó el área y prorrogó el término de duración de la zona de protección y desarrollo de los recursos naturales renovables y del medio ambiente, en inmediaciones del Parque Nacional Natural Sierra Nevada de Santa Marta, declarada mediante Resolución 504 de 2018 y prorrogada mediante las Resoluciones 407 de 2019, 320 de 2020 y 369 de 2022. La prórroga se hizo por el término de dos años.

El ministerio de Ambiente suspendió temporalmente en todo el territorio nacional las quemas abiertas controladas en áreas rurales que se hagan para: a) La preparación del suelo en actividades agrícolas. b) El descapote del terreno en actividades mineras. c) La recolección de cosechas o disposición de rastrojos y las quemas abiertas producto de actividades agrícolas realizadas para el control de las heladas.

El proyecto de acto administrativo tiene por objeto reglamentar las obligaciones de los productores, comercializadores, usuarios o consumidores de baterías plomo acido, así como establecer los lineamientos y requisitos de los Sistemas de recolección y gestión de Baterías Usadas Plomo Ácido (BUPA), y dictar medidas relacionadas con la generación y el manejo ambientalmente racional de las BUPA, en el marco de la gestión integral de los residuos peligrosos, con el fin de proteger la salud humana y el ambiente.

A través del presente concepto, la CGR indicó que de acuerdo con el marco jurídico constitucional y legal, se puede afirmar que esta Entidad puede ejercer control fiscal en materia ambiental como herramienta para aportar en la solución a problemáticas como la deforestación, entendiendo que la responsabilidad fiscal busca que las entidades públicas o particulares realicen un adecuado manejo de los recursos que se destinan para la protección del ambiente y los recursos naturales, para lograr también una mayor eficiencia en la gestión ambiental. No obstante, para su configuración deberán darse todos los elementos de este tipo de responsabilidad a saber: una conducta dolosa o culposa atribuible a una persona que realiza gestión fiscal, daño patrimonial al Estado y, nexo causal entre los elementos anteriores.