La Superintendencia de Sociedades absolvió dudas sobre la naturaleza jurídica de las Corporaciones Autónomas Regionales (CAR), precisando que estas entidades públicas no pueden ser catalogadas como sociedades comerciales ni empresas. A pesar de gozar de autonomía administrativa y financiera, patrimonio propio y personería jurídica, su razón de ser, establecida por ley y la Constitución, se centra en la protección del medio ambiente y los recursos naturales renovables, muy distinta al objetivo lucrativo de las sociedades comerciales, que buscan la obtención de utilidades para sus socios. Este pronunciamiento subraya la diferencia fundamental entre su régimen especial público y el carácter mercantil.
La SSPD clarificó las obligaciones para usuarios del servicio de alcantarillado respecto a la clasificación y gestión de vertimientos. Usuarios comerciales, industriales, oficiales y especiales deben cumplir las normas de vertimiento y presentar su caracterización al prestador. Los prestadores deben verificar el uso real de los inmuebles mediante visitas para determinar quién está obligado.
El Ministerio de Ambiente aclaró que el plazo de un año para solicitar la licencia ambiental global o definitiva, tras la obtención del contrato de concesión minera o el subcontrato de formalización, es de carácter taxativo. Su incumplimiento puede generar la apertura de un proceso sancionatorio ambiental, conforme a la Ley 1333 de 2009. Sin embargo, MinAmbiente precisó que la presentación extemporánea de la solicitud de licencia no implica su rechazo automático ni la imposibilidad de tramitarla. La Autoridad Minera definirá la procedencia de la formalización, y el proceso de licencia ambiental podrá adelantarse, aunque en paralelo al posible proceso sancionatorio por el retraso.
La CRA precisó los fundamentos técnicos utilizados para construir la propuesta metodológica del costo de Barrido y Limpieza de Vías y Áreas Públicas (CBLS) dentro del nuevo marco tarifario aplicable a los prestadores del servicio de aseo en municipios y distritos con más de 5.000 suscriptores urbanos. La entidad explicó que los parámetros de eficiencia y rendimiento fueron calculados con base en información proveniente del Sistema Único de Información (SUI), encuestas sectoriales, estudios técnicos y especificaciones de tecnologías de referencia. Asimismo, señaló que la construcción de los costos incorporó procesos de validación, depuración y análisis estadístico de la información, incluyendo la identificación de datos atípicos mediante metodologías reconocidas como el sistema de “caja y bigotes” (Box Plot). La CRA destacó que el documento técnico publicado contiene el detalle de los modelos de ingeniería, criterios de segmentación, variables utilizadas y procedimientos de tratamiento de datos que sustentan la propuesta regulatoria, la cual fue sometida a participación ciudadana y podrá ajustarse con base en los comentarios recibidos durante dicho proceso.
El Congreso aprobó recientemente el Proyecto de Ley Nuclear impulsado por el Ministerio de Minas, dejando la iniciativa lista para Sanción Presidencial. La norma crea la Agencia Nacional de Seguridad Nuclear (ANSN), que será la autoridad regulatoria del ciclo nuclear civil en Colombia y permitirá modernizar el marco institucional del sector. Según el Gobierno, la nueva legislación fortalecerá el uso pacífico de tecnologías nucleares en salud, agricultura, industria, medioambiente y energía. Entre sus principales beneficios se destaca el avance hacia la autosuficiencia en la producción de radiofármacos para diagnóstico y tratamiento de enfermedades, reduciendo la dependencia de importaciones. La ley también busca mejorar la seguridad alimentaria, reforzar la regulación de equipos de medicina nuclear y radioterapia, y alinear la supervisión nacional con los estándares del Organismo Internacional de Energía Atómica. Además, abre la puerta a estudios sobre el papel de la energía nuclear en la descarbonización y la seguridad energética del país. Se encuentra disponible el texto de la ponencia para cuarto debate y el comunicado oficial del ministerio de Minas.