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Miércoles, 24 Junio 2026

Edición 1668 Bogotá, D.C.

ISSN 2711-1636

El Ministerio de Ambiente publicó una iniciativa para establecer cómo se debe adelantar la delimitación progresiva de los ecosistemas de páramo en Colombia. Este enfoque responde a órdenes judiciales que exigían mayor participación ciudadana, como la Sentencia T-361 de 2017, la cual dejó sin efecto delimitaciones previas por falta de consulta efectiva. La iniciativa permitirá formalizar los avances logrados en los procesos participativos, reconociendo los acuerdos y consensos alcanzados en diferentes municipios mediante la expedición de actos administrativos. El objetivo es evitar el estancamiento, desincentivar a las comunidades y, sobre todo, habilitar la implementación temprana de medidas de protección, restauración y gestión social contempladas en la Ley 1930 de 2018, garantizando la continuidad e integralidad de la protección de estos ecosistemas estratégicos vitales para el recurso hídrico.
El Ministerio de Minas y Energía impulsa un proyecto de decreto clave para la transición energética de Colombia. La iniciativa busca adicionar una sección al Decreto 1073 de 2015, estableciendo la obligatoriedad y los criterios para la instalación de infraestructura de carga para vehículos eléctricos en los parqueaderos de entidades públicas del orden nacional. El objetivo es promover la movilidad eléctrica, la eficiencia energética y la reducción de emisiones contaminantes, alineándose con metas nacionales como tener 600.000 vehículos eléctricos para 2030 y que el 30% de la flota pública sea eléctrica. Las entidades deberán diagnosticar y planificar la instalación de puntos de carga para mayo de 2027 y tenerlos instalados para diciembre de 2028, con responsabilidades presupuestarias y criterios de seguridad y sostenibilidad. Un paso fundamental hacia flotas más limpias y un aire más puro.
El Ministerio de Ambiente presentó un proyecto para fijar los parámetros y límites máximos permisibles en los vertimientos puntuales de Aguas Residuales No Domésticas Tratadas (ARnD-T) directamente al suelo, buscando proteger este recurso vital. Estos límites se establecen fundamentalmente mediante una "Guía para la Determinación de las Categorías del Suelo como matriz Receptora de Vertimientos de ARnD-T", la cual clasifica el terreno en categorías (I, II y III) basándose en la información proporcionada por el usuario. La resolución detalla tablas con parámetros fisicoquímicos y microbiológicos como pH, Demanda Química de Oxígeno (DQO), Sólidos Suspendidos Totales (SST), grasas, aceites, compuestos de nitrógeno y metales, cuyos valores máximos permisibles difieren según la categoría del suelo y la actividad económica específica (ej. prestadores de alcantarillado, agroindustria). Además, se fija un límite de temperatura.
El Ministerio de Ambiente ha propuesto reglamentar la gestión comunitaria del agua y saneamiento básico en Colombia, actualizando el Decreto 1076 de 2015 y desarrollando la Ley 2294 de 2023. Este decreto facilita la labor de los Gestores Comunitarios del Agua y Saneamiento Básico al establecer que no requerirán concesión de aguas para consumos inferiores a 1.0 litros por segundo destinados a uso humano o subsistencia rural, siempre y cuando se inscriban en el Registro de Usuarios del Recurso Hídrico (RURH) y la fuente no esté agotada o en proceso de reglamentación. Asimismo, estos gestores estarán exentos de presentar el Programa de Uso Eficiente y Ahorro del Agua (PUEAA) para caudales de entre 1.0 lps y 4.0 lps destinados a consumo humano y doméstico. Adicionalmente, los proyectos de reúso de aguas residuales domésticas tratadas para actividades agrícolas o industriales, con caudales inferiores a 1.0 lps y que cumplan con los criterios de calidad vigentes, tampoco requerirán concesión de aguas. El decreto subraya la importancia de la corresponsabilidad ambiental de los gestores en la conservación y eficiencia del recurso, comprometiendo a las entidades territoriales, el Sector Vivienda y la Autoridad Ambiental competente a brindar acompañamiento técnico y financiero para fortalecer estas iniciativas comunitarias, buscando empoderar a las comunidades y promover una gestión hídrica sostenible.
El Consejo de Estado ordenó una intervención estatal integral para proteger a la comunidad de Santa Cruz del Islote, ubicada en el archipiélago de San Bernardo (Bolívar), al concluir que sus habitantes enfrentan una vulneración generalizada y persistente de derechos colectivos por las graves deficiencias en la prestación de servicios públicos esenciales. La Sala encontró que la población carece de acceso adecuado a agua potable, saneamiento básico, energía eléctrica continua y servicios de salud suficientes, además de estar expuesta a riesgos ambientales y de desastres sin una gestión institucional efectiva. Según la sentencia, esta situación es consecuencia de la omisión prolongada de autoridades nacionales, departamentales y distritales en el cumplimiento de sus obligaciones constitucionales y legales. Por ello, el alto tribunal ordenó al Distrito de Cartagena, al Departamento de Bolívar y a varias entidades nacionales formular y ejecutar acciones coordinadas para garantizar agua potable, saneamiento, energía las 24 horas, atención integral en salud, recuperación ambiental y gestión del riesgo. La corporación advirtió que la problemática del Islote es compleja y multisectorial, marcada por años de abandono estatal, por lo que exige una respuesta articulada que permita asegurar condiciones dignas de vida y el goce efectivo de los derechos de esta comunidad insular.