El Consejo de Estado declara falta de competencia para conocer del control inmediato de legalidad de la Resolución 236 de 18 de marzo de 2020, expedida por el director general de la Corporación Autónoma Regional del Valle del Cauca que trata la modificación de los horarios laborales de la entidad. La Sala encuentra
El Consejo de Estado avoca conocimiento en única instancia, para ejercer el control inmediato de legalidad consagrado en el artículo 136 del CPACA, sobre la Resolución 0100 No. 0110-0246 del 24 de marzo de 2020, proferida por el Director General de la Corporación Autónoma Regional del Valle del Cauca que establece medidas
Esta enmienda fue adoptada con el objetivo de reducir el consumo y la producción de los hidrofluorocarbonos, pues se ha demostrado que estas sustancias son gases de efecto invernadero que tienen una incidencia negativa importante en el calentamiento global.
La SDA, en aras de facilitar los procesos de entrega y suscripción de las respectivas actas o acuerdos que permitan la entrega de la infraestructura objeto del contrato de prestación de servicios No. SDA-20202383, delegará en la Dirección de Gestión Ambiental dicha función.
La providencia destaca que el 29 de septiembre de 2011, el Tribunal Administrativo de Cundinamarca profirió mandamiento de pago contra Proactiva por los montos reclamados por la parte ejecutante. El 7 de abril de 2011, la UAESP presentó demanda