Colombia Compra Eficiente aclaró que las sociedades con menos de tres años pueden acreditar la experiencia de sus socios en el Registro Único de Proponentes (RUP), una medida de fomento empresarial. Esta prerrogativa se mantiene si el RUP se renueva constantemente, incluso después de que la sociedad cumpla los tres años. Sin embargo, si el RUP no se renueva oportunamente, la experiencia del socio no podrá reinscribirse. Además, para procesos sin exigencia de RUP, como mínima cuantía o subasta inversa, la entidad contratante puede aplicar la misma regla, permitiendo la acreditación de la experiencia del socio para evaluar la idoneidad del proponente.
Contraloría General de la República respondió a una consulta sobre las consecuencias de no cerrar procesos contractuales o no publicar convenios en la plataforma SECOP dentro de los plazos. La CGR enfatiza que el SECOP garantiza la transparencia en la contratación pública. Incumplir con la obligación de cerrar o publicar en SECOP, cuando es mandatorio, conlleva principalmente consecuencias disciplinarias o administrativas para los funcionarios públicos por el incumplimiento de sus deberes. Sin embargo, no realizar el cierre contractual en SECOP II, por sí solo, no implica automáticamente responsabilidad fiscal. Esta última solo se configura si existe un daño patrimonial al Estado, lo cual debe determinarse en casos concretos, no de forma hipotética.