La modalidad de Mínima Cuantía, un proceso de selección especial y ágil para contratos de bajo valor, regulada por leyes como la 1150 y 2069, y reglamentada por el Decreto 1082, busca simplificar la contratación estatal. Frente a la inquietud sobre si la aceptación de la oferta en estos procesos requiere firma física o se perfecciona mediante la plataforma SECOP II, Colombia Compra aclaró que la comunicación electrónica de aceptación enviada por la entidad en SECOP II, junto con la oferta presentada, constituye el contrato estatal. Esto significa que el vínculo contractual se perfecciona digitalmente, sin necesidad de una firma física o la suscripción de una minuta, aprovechando la naturaleza transaccional de la plataforma para garantizar la celeridad y economía del procedimiento.