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Martes, 15 Septiembre 2026

Edición 1721 Bogotá, D.C.

ISSN 2711-1636

El Ministerio de Ambiente explicó la aplicación de la nueva normativa referente a la tasa retributiva por vertimientos. Aclaró que, durante el trámite de reclamaciones, el pago provisional que los usuarios deben efectuar no podrá superar el valor liquidado inicialmente, aun si la carga contaminante del período anterior resultara mayor. La entidad enfatiza que el espíritu de justicia debe primar para evitar cargas económicas desproporcionadas. Asimismo, las autoridades ambientales están facultadas para celebrar acuerdos de pago parcial con los prestadores de servicios de alcantarillado, siempre que cumplan las condiciones administrativas y garanticen la continuidad del recaudo.

El Consejo de Estado confirmó la negativa del Tribunal Administrativo de La Guajira a la demanda de Seguros Colpatria S.A. contra Acuavalle S.A. E.S.P. La disputa se originó por el contrato de obra, cuyo objeto era la construcción de acueducto y alcantarillado en Maicao, La Guajira. El Consejo de Estado ratificó que Acuavalle, como empresa de servicios públicos domiciliarios, se rige principalmente por el derecho privado (Ley 142 de 1994). Por tanto, sus actos contractuales -como la declaración de incumplimiento o la aplicación de la cláusula penal mediante las Resoluciones Nos. 153 y 290 de 2012- son considerados actos de gestión contractual de derecho privado, y no actos administrativos. Esta naturaleza impide su anulación bajo las causales propias de los actos administrativos, validando la decisión del Tribunal y desestimando las pretensiones de la aseguradora.

La CRA precisó cómo se aplica el Factor Regional (FR) en las tarifas de alcantarillado, especialmente tras la expedición del Decreto 1553 de 2024. Este decreto sustituyó la regulación de la tasa retributiva, redefiniendo el FR con variables ambientales, socioeconómicas y económicas, estableciendo un rango entre 1.00 y 5.50. Aunque hasta diciembre de 2024 se aplicó un FR de 1.00, a partir de 2025 debe calcularse bajo el nuevo esquema. No obstante, la Resolución CRA 1032 de 2026 y futuros marcos tarifarios contemplan que, hasta que la CRA establezca su propia metodología para el Factor Regional reconocido en tarifa (Frec), este seguirá siendo 1.00. La CRA está desarrollando activamente una resolución para definir el Costo Medio Generado por Tasas Retributivas para Alcantarillado (CMTal), enfatizando que las ineficiencias de los prestadores no podrán trasladarse al usuario final.

 La SSPD precisó la forma de tramitar las peticiones, quejas y recursos de usuarios de servicios públicos domiciliarios. Si un usuario presenta un recurso ante la Superintendencia, y esta lo remite al prestador competente, la empresa no puede rechazarlo por extemporáneo. La oportunidad para el usuario se cuenta desde la fecha inicial de radicación, sin importar el tiempo que tome el traslado administrativo. Además, los prestadores deben resolver estas solicitudes en 15 días hábiles; de no hacerlo, la ley establece que se entenderán resueltas favorablemente al usuario.

La SSPD emitió un concepto sobre la regulación de los prestadores de acueducto y saneamiento, y sus contratos especiales. Aclaró que no tiene competencia para determinar si un contrato debe regirse por derecho privado, si califica como "especial" o si debe incluir cláusulas excepcionales. No obstante, recordó que, si bien las empresas de servicios públicos suelen regirse por derecho privado, los contratos donde los municipios encargan la prestación de estos servicios sí deben someterse a la ley general de contratación pública y licitación. También definió a las "organizaciones autorizadas" como entidades sin ánimo de lucro enfocadas en el beneficio social.