La CRA hizo claridades frente a supuestas afirmaciones sobre incrementos en las tarifas, reiterando los sólidos argumentos técnicos de su Nuevo Marco Tarifario. Esta actualización regulatoria, fruto de cinco años de estudios y amplia participación del sector, busca proteger a más de 30 millones de usuarios sin generar aumentos automáticos, mientras garantiza la sostenibilidad de los prestadores. La CRA enfatiza que las tarifas se determinan por metodologías técnicas que reconocen solo los costos eficientes de la prestación, promoviendo la calidad, cobertura, inversiones eficientes y una implementación gradual que considera las particularidades territoriales y ambientales del país. Este esquema beneficia tanto a usuarios como a empresas, sin trasladar ineficiencias a las tarifas.
La SSPD aclaró aspectos sobre la inclusión de cláusulas exorbitantes en contratos de operación de acueducto y alcantarillado. La entidad subraya que, si bien la regla general para los prestadores es el derecho privado, existen excepciones. Se exige licitación pública y la inclusión de estas cláusulas, propias de la Ley 80 de 1993, en contratos específicos celebrados por entes territoriales para asumir la prestación de servicios, o en áreas de servicio exclusivo. También se permiten en contratos de operación que, de no cumplirse, podrían afectar la continuidad y calidad del servicio, conforme a la Resolución CRA 943 de 2021. Sin embargo, la SSPD enfatiza su limitada competencia para pronunciarse sobre contratos de operación entre prestadores y terceros, dejando al ente público la verificación de su propio régimen contractual.
La Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios (SSPD) aclaró que las empresas no pueden exigir como único requisito un contrato de arrendamiento autenticado notarialmente; es válido un documento privado con información básica, e incluso otros medios de prueba. En sede administrativa, no existe una jerarquía estricta de pruebas, por lo que deben admitirse elementos directos, indirectos o complementarios conforme a la ley. Sobre el rompimiento de solidaridad, la SSPD indicó que debe analizarse caso por caso, considerando la conducta tanto de la empresa como del propietario. La omisión en la suspensión del servicio y la posible negligencia del dueño pueden incidir en la decisión, especialmente cuando existen varios periodos o cambios de arrendatario.
La SSPD respondió una serie de preguntas sobre la exoneración del pago de contribuciones especiales, como el aporte solidario. La entidad subraya que no tiene competencia para declarar qué sujetos están exentos, ya que esto desbordaría su órbita. Por ley, es responsabilidad de los prestadores de servicios públicos, previa solicitud y demostración del usuario, determinar si se cumplen los requisitos para la exención. El concepto destaca que hospitales, clínicas, centros de salud y educativos sin ánimo de lucro están exentos del factor de solidaridad sobre el valor de sus consumos (Ley 142 de 1994). Además, las propiedades destinadas a la operación de sistemas de acueducto y alcantarillado por gestores comunitarios (Ley 2294 de 2023) no estarán sujetas a esta contribución para el servicio de energía, recibiendo tratamiento de estrato 4. Respecto a los micronegocios (Ley 2470 de 2025), la exoneración de cobros especiales está pendiente de reglamentación por el MinCIT.
La Corte Constitucional reúne hoy 17 de abril de 2026 en Barichara, Santander, una nueva jornada de los Diálogos Constitucionales, centrada en el derecho al agua potable, sus retos territoriales y los aportes desde el derecho internacional. El encuentro tiene como objetivo generar un espacio académico de reflexión sobre la protección del agua como derecho fundamental, abordando su construcción normativa, la prestación de servicios públicos y los desafíos ambientales e industriales en contextos locales y globales. La jornada se desarrolla en tres paneles temáticos y contará con una agenda académica estructurada, ya disponible. Participarán expertos nacionales e internacionales, entre ellos la magistrada Paola Andrea Meneses Mosquera, el relator de la ONU Pedro Arrojo Agudo, académicos como María Carolina Olarte y Ramiro Ávila Santamaría, así como representantes institucionales y del sector ambiental, incluyendo a Natasha Avendaño García y Manuel Rodríguez Becerra. Descargue: Comunicado de prensa / Agenda