La SSPD detalló el marco normativo para la prestación del servicio público de aseo, incluyendo la recolección y aprovechamiento de residuos. Subrayó que tanto el Estado como particulares o comunidades organizadas pueden ser prestadores, siempre que cumplan con la Ley 142 de 1994 y la reglamentación vigente. Es fundamental que cualquier entidad, incluida una empresa privada que desee operar en este sector, se constituya bajo las formas legales establecidas y se inscriba en el Registro Único de Prestadores de Servicios Públicos (RUPS) de la Superintendencia. Además, se especifica que los prestadores enfocados exclusivamente en aprovechamiento solo podrán recolectar y transportar residuos entregados por los usuarios para tal fin, sin que el concepto emita pronunciamientos vinculantes.
La SSPD precisó que una Empresa de Servicios Públicos (E.S.P.) puede constituirse como Sociedad por Acciones Simplificada (S.A.S.), con uno o varios socios, aplicando de manera integral y prevalente la Ley 1258 de 2008 en lo relacionado con su conformación societaria. La S.A.S. puede constituirse mediante documento privado y no está obligada a contar con junta directiva. No obstante, debe observar las reglas especiales de la Ley 142 de 1994 sobre la prestación de servicios públicos, incluyendo la definición específica en su objeto social del servicio que prestará y sus actividades complementarias. Para operar deberá obtener, cuando corresponda, las concesiones, permisos y licencias exigidos por la naturaleza de la actividad. Además, una vez inicie operaciones, deberá inscribirse en el RUPS dentro de los 10 días calendario siguientes y cumplir las obligaciones de reporte de información al SUI.
La CRA publicó el proyecto que modifica el marco regulatorio aplicable a los prestadores de servicios de acueducto y alcantarillado con más de 5.000 suscriptores urbanos. El proyecto de resolución busca fortalecer y clarificar la implementación del Nuevo Marco Tarifario, expedido en 2026, basándose en la experiencia de su aplicación inicial. Este diálogo sectorial es crucial para garantizar una aplicación adecuada de la metodología, especialmente ante el primer recálculo tarifario previsto entre enero y mayo de 2027. La CRA invita activamente a prestadores, usuarios, expertos y demás actores a revisar la propuesta y aportar sus comentarios, con el fin de lograr una regulación más clara, aplicable y consistente que fomente la eficiencia y calidad del servicio.
La CRA anunció el proceso de participación ciudadana para modificar el marco regulatorio que promueve el uso racional y eficiente del agua. Esta propuesta busca fortalecer las medidas ante escenarios de escasez causados por fenómenos naturales y la variabilidad climática. La CRA invita a prestadores de servicios, autoridades territoriales, organizaciones sociales, usuarios, expertos, gremios y la academia a consultar el proyecto de resolución y aportar sus comentarios, observaciones y recomendaciones. El objetivo es construir una regulación robusta, técnicamente sólida y adaptable a los desafíos actuales que garantice la sostenibilidad del recurso hídrico
El Consejo de Estado revisó la apelación de Electricaribe contra la sanción impuesta por parte de la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios. La multa se impuso por la reiterada configuración del silencio administrativo positivo, al no responder o notificar a tiempo múltiples peticiones, quejas y reclamos de usuarios. La empresa alegó indebida acumulación de 102 investigaciones en un solo expediente. Sin embargo, la Sala concluyó que tal acumulación no vulneró el debido proceso, dado que todos los casos involucraban a la misma compañía y una conducta infractora común: la deficiente atención a sus usuarios. Esta sentencia resalta la importancia de la respuesta oportuna y la validez de agrupar procesos con identidades claras.