El concepto jurídico aclara que el contralor designado por la Superintendencia Nacional de Salud, encargado en medidas de toma de posesión o intervención forzosa administrativa de EPS, cumple funciones similares a las de un revisor fiscal, sin ejercer control fiscal constitucional ni jurisdiccional, y actúa bajo un régimen especial, independiente de las Contralorías territoriales. Durante el proceso, debe promover acuerdos entre acreedores y la entidad, y está sujeto a responsabilidad profesional por daños causados. La intervención no exime a las EPS del cumplimiento de obligaciones contractuales previas con las IPS, como el pago de servicios efectivamente prestados, ni hay lineamiento que justifique la abstención de tales pagos. La Contraloría General ejerce control posterior y no administra ni interfiere en decisiones internas durante la intervención.
La Política Pública del Talento Humano en Salud 2025 busca garantizar una fuerza laboral en salud cualificada, equitativa y con condiciones dignas de trabajo. Se fundamenta en enfoques de derechos, género e interseccionalidad para corregir inequidades y fomentar inclusión. Prioriza la disponibilidad, distribución y formación continua del personal sanitario, promoviendo empleo digno y protección social, especialmente en zonas rurales y desatendidas. Además, articula acciones sectoriales e intersectoriales para fortalecer el sistema de salud colombiano, mejorando el acceso y la calidad de la atención con un enfoque diferencial y de gobernanza integral.
La Resolución el Manual de Requisitos para implementar Buenas Prácticas en el reprocesamiento de dispositivos médicos y elementos reutilizables (DMER), actualizando y derogando apartados de la Resolución 3100 de 2019 para mejorar la seguridad del paciente y calidad en la atención. Establece formación continua obligatoria para el personal involucrado, con capacitaciones específicas y vigencia de constancias. Además, las acciones de inspección, vigilancia y control se realizan bajo un enfoque de riesgo. La resolución entra en vigencia 18 meses después de su publicación y se conecta con estrategias nacionales para la prevención de infecciones asociadas a la atención en salud y la resistencia antimicrobiana.
El Consejo de Estado mantiene firme el acto administrativo que declaró fiscalmente responsable a un miembro del consejo de administración de Saludcoop EPS OC, debido a que se comprobó su participación activa en la administración y manejo indebido de recursos parafiscales del SGSSS entre 2002 y 2010. Durante su gestión, el consejo aprobó operaciones que conllevaron el desvío y la apropiación indebida de esos recursos, contribuyendo a la consolidación del daño fiscal. A pesar de los argumentos de la defensa que negaban la imputación basada en la aprobación del presupuesto o la falta de identificación concreta de actos irregulares, el Consejo destacó que el consejo, en el ejercicio de sus funciones estatutarias —como aprobar estados financieros y presupuestos— tenía pleno conocimiento y capacidad para controlar y evitar la mala administración de los fondos. Además, el análisis del proceso fiscal concluyó que la conducta del demandante fue dolosa y generó un detrimento patrimonial de más de un billón trescientos setenta y seis mil millones de pesos, debiendo aplicarse la responsabilidad solidaria y la cuantía establecida. Por tanto, se considera que hubo suficiente fundamentación en la imputación, individualización de cargos y atribución subjetiva del daño, garantizando el derecho de defensa y respetando el debido proceso.
La Ley 2475 de 2025 establece el derecho al olvido oncológico en Colombia para garantizar inclusión y no discriminación de personas sobrevivientes de cáncer. Reafirma la confidencialidad de la historia clínica y prohíbe la discriminación en acceso a seguros, crédito, empleo y educación. Modifica el Código de Comercio para evitar la negación o condiciones onerosas en contratos de seguros por antecedentes oncológicos, estableciendo plazos para la exclusión de dicha información. Además, promueve políticas públicas para la reinserción laboral y académica, y crea un régimen sancionatorio ante incumplimientos.