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Domingo, 19 Mayo 2024

Edición 1165 Bogotá, D.C.

ISSN 2711-1636

El Instituto Nacional de Donación y Trasplante de Órganos y Tejidos (INDTOT), es una entidad adscrita al Ministerio de Salud, con autonomía administrativa, personería jurídica y autonomía presupuestal y tiene como objeto coordinar y operar el Sistema Nacional de Donación y Trasplante de Órganos y Tejidos de Colombia, con el fin de que los trasplantes sean accesibles en condiciones de calidad, oportunidad y suficiencia a la población colombiana, siguiendo los principios de cooperación, eficiencia, equidad y solidaridad.

A través de la presente Resolución MinSalud adoptó el Formulario Único de Afiliación y Reporte de Novedades al Sistema General de Riesgos Laborales,de trabajadores dependientes, independientes, estudiantes y personas que realizan otras actividades. El mismo aplica a las administradoras de riesgos laborales, a los aportantes obligatorios y voluntarios al Sistema General de Riesgos Laborales

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A través de la presente circular MinSalud relacionó las directrices para la preparación y respuesta sectorial, frente a los efectos en salud, ante la temporada seca y la actual ocurrencia del Fenómeno de "El Niño" 2023-2024, teniendo en cuenta que las condiciones actuales pueden aumentar los casos de varias enfermedades transmitidas por vectores, relacionadas con el agua y transmitidas por alimentos, entre otras. Se agregó que, la inobservancia de las instrucciones establecidas en la presente circular por parte de las entidades promotoras de salud, entidades adaptadas, entidades que administran planes voluntarios de salud, regímenes especial y de excepción, así como del Fondo Nacional de Salud de las Personas Privadas de la Libertad y las IPS será reportado en el informe de estos a la Superintendencia Nacional de Salud para las acciones de control de su competencia.

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A través de la presente Resolución el MinSalud estableció las disposiciones sobre la planeación integral para la salud a cargo de las entidades territoriales del orden departamental, distrital y municipal, así como las responsabilidades de los actores del Sistema General de Seguridad Social en Salud en este proceso, propendiendo por la garantía del derecho fundamental a la salud en los territorios en el marco del Plan Decenal de Salud Pública 2022 — 2031, armonizado con el modelo de salud preventivo y predictivo fundamentado en la Atención Primaria en Salud — APS y demás políticas que sean afines.

El MinSalud dejó claro que existe la responsabilidad de los integrantes de la familia en relación con la asistencia y cuidado que requiera alguno de sus miembros, habida consideración que el deber del prestador de servicios de salud es prestar los servicios en el ámbito de la atención en salud. Precisado lo anterior, es claro que ni las Entidades Promotoras de Salud, ni las Instituciones Prestadoras del Servicio de Salud – IPS están obligadas a asumir o responder por los costos de las estancias prolongadas por abandono familiar o social, ya que este tipo de estancias no pueden ser financiadas con los recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud por no ser consideradas como una prestación de servicio de salud.