Colombia Compra explicó que es jurídicamente viable que un hospital público, constituido como Empresa Social del Estado (E.S.E.), adopte simultáneamente dos modalidades de contratación en SECOP II: una de carácter publicitario para procesos no transaccionales y otra de naturaleza transaccional para procesos competitivos. Esto es posible porque, conforme a su autonomía administrativa y su manual de contratación, puede utilizar distintos módulos habilitados para entidades con régimen especial, siempre garantizando el cumplimiento del principio de publicidad para contratos financiados con recursos públicos. La norma no obliga a usar un único módulo o modalidad uniforme para todos los contratos, sino a asegurar la transparencia y publicidad legalmente exigidas.
La DIAN aclara que la variación de la tarifa del impuesto a los productos ultraprocesados (ICUI) para 2024 (15 %) y 2025 (20 %) está objetivamente fijada por la ley, conforme al artículo 513-9 del Estatuto Tributario. La Administración no modifica la tarifa por su cuenta, sino que adopta el formulario correspondiente para cada vigencia (Formulario 505 versión 1 para 2024 y versión 2 para 2025). Para no vulnerar el principio de legalidad tributaria, la DIAN debe permitir que los contribuyentes presenten y paguen el impuesto del último bimestre de 2024 usando la tarifa del 15 % con el formulario adecuado, y el plazo para declaración se amplió hasta enero de 2025. La parametrización de los sistemas informáticos debe garantizar esta autogestión conforme a la norma vigente.
La Corte Constitucional recordó que el fuero de maternidad protege a las trabajadoras desde el embarazo hasta que culmina el período de lactancia, según la Sentencia SU 075 de 2018 y el artículo 238 del Código Sustantivo del Trabajo. Este fuero incluye seis garantías complementarias y graduales: (i) prohibición general de despido por embarazo o lactancia; (ii) autorización obligatoria del Inspector del Trabajo para despedir en ese periodo; (iii) presunción de despido discriminatorio si ocurre durante embarazo o lactancia; (iv) derecho a indemnización de 60 días si se prueba discriminación; (v) pago por licencia de maternidad no disfrutada; y (vi) nulidad del despido durante los descansos protegidos. Estas protecciones aseguran la estabilidad laboral y derechos de las madres trabajadoras.
La Corte Constitucional, mediante Auto, evidenció un incumplimiento del Ministerio de Salud en la creación y regulación del Registro de Negación de Servicios, ordenado en la Sentencia T-760 de 2008. Entre el III trimestre de 2023 y el IV de 2024, las negaciones de servicios PBS UPC crecieron en un 150,64 %, y las de PBS No UPC en un 109,88 %. Además, el Ministerio entregó informes trimestrales incompletos y no reguló adecuadamente el registro. Tampoco informó sobre la devolución de la UPC por servicios negados ni presentó datos sobre reembolsos o acciones administrativas. La Superintendencia Nacional de Salud iniciará investigaciones y acciones administrativas frente a las EPS infractoras. Se ordenó expedir un nuevo acto administrativo que garantice la calidad de la información, reduzca el uso excesivo de causales genéricas como “otras razones” y desincentive las negaciones, además de remitir informes a los órganos de control y publicarlos en el sitio web oficial.
El Ministerio de Transporte precisó que cuando una licencia de conducción es cancelada por conducir bajo los efectos del alcohol o sustancias psicoactivas, el plazo para poder obtener nuevamente la licencia, tras la cancelación definitiva, es de 25 años. Esto aplica en casos en los que el infractor se niegue a practicar la prueba de alcoholemia, según lo establecido en la normativa vigente y las sanciones correspondientes.