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Lunes, 06 Mayo 2024

Edición 1160 Bogotá, D.C.

ISSN 2711-1636

Los apartados demandados fueron el artículo 236 del CST, modificado por el artículo 2° de la Ley 2114 de 2021, que contienen las expresiones demandadas «mujer», «trabajadora» y «madre» regulan la licencia de parto por maternidad y adopción, así como las distintas modalidades, condiciones y requisitos para su otorgamiento. Los argumentos giran en torno a la igualdad y al acceso a las medidas de protección de la parentalidad surgida de la capacidad biológica de gestar, como de la originada en la adopción. En suma, las normas objeto de estudio, que regulan una prestación de la seguridad social en salud, están dirigidas a la protección del rol parental y del cuidado que ejercen las madres gestantes.

El proyecto del MinHacienda buscaría modificar aspectos relacionados con el manejo y administración de los recursos de los Programas de Saneamiento Fiscal y Financiero de las Empresas Sociales del Estado categorizadas en riesgo medio o alto, puntualmente en lo que tiene que ver con los criterios de viabilidad del programa de saneamiento fiscal y financiero, ejecución de los recursos del programa de saneamiento fiscal y financiero, manejo y administración de los recursos de la empresa social del estado categorizada en riesgo medio o alto que deban adoptar programas de saneamiento fiscal y financiero.

A través de este acto administrativo el Gobierno nombró al doctor Luis Carlos Leal Angarita, como Superintendente Nacional de Salud y aceptó la renuncia de Ulahi Dan Beltrán López.

A través del Auto 2882-2023, la Corte Constitucional ordenó al ministerio de Salud 2.2. informe sobre los resultados y avances alcanzados respecto de la orden impartida de efectuar estudios para establecer la viabilidad de que las EPS desembolsen los dineros a sus prestadores de manera más ágil, e identificar en qué radican las moras en que incurren para efectuar estos desembolsos, atendiendo a lo explicado en el numeral 23.3 de los antecedentes y f.j. 210 del Auto 1174 A de 2022, o en su defecto, la viabilidad de que el manejo de los dineros se radique en cabeza de la Adres, de manera que las EPS tan solo funjan como entes autorizadores de pagos. De este modo, establecer si el procedimiento sería más eficiente en la administración contable y de auditoría, para que el dinero fluya a hacia los proveedores con rapidez.

Eb esta providencia la Corte declaró inexequible el artículo 97 de la Ley 2294 de 2023, “PND 2022-2026”. La Sala concluyó que, la norma desconoce el principio de unidad de materia por cuanto no tiene relación con el objetivo general del PND denominado “Seguridad humana y justicia social”, ni con ninguno de sus proyectos. Aun cuando verificó que algunos de estos hacen referencia al fortalecimiento del sistema de protección social universal y adaptativo, y que sus políticas van encaminadas a la creación de empleos dignos en el sector de la economía popular y rural, así como su aseguramiento en riesgos laborales, no encontró que la norma, al obligar la afiliación de las entidades públicas a la Positiva SA, condujera inequívocamente al logro de esas metas.