El demandante afirma que, en el año 1998, ECOPETROL convocó a los interesados en participar en una licitación pública con el fin de contratar por el término de un año,
Para la Sala, “dentro de los procesos de selección de contratistas adelantados por las entidades estatales, el pliego de condiciones tiene una suprema importancia, en tanto constituye el marco normativo de tales actuaciones, al ser el documento que, bajo la forma de un acto administrativo de carácter general, contiene las etapas, reglas y requisitos que se deberán cumplir para adelantar el procedimiento y,
El 22 de mayo de 2004, dos estudiantes de la ERUM, en cumplimiento de su práctica, transportaron una paciente hasta el Hospital Universitario del Valle Evaristo García
A su vez, para la Sala, “el contratista no puede alegar ruptura del equilibrio económico del contrato por mayor permanencia en la obra cuando a ello renunció de forma expresa,
“Un paciente fue intervenido quirúrgicamente a causa de una hernia inguinal y dado de alta. Dos días después, el paciente acude a urgencias con dolores abdominales,
La decisión obedeció a la suma de sus omisiones y “contribuyó a que la biblioteca del municipio de Paz de Ariporo sea, después de más de trece años de haberse proyectado su ejecución,
El Consejo de Estado ordenó que, “bajo la coordinación del Alcalde Municipal de Suesca, se instale una mesa de trabajo a la que deberá acudir el Alcalde Municipal de Sesquilé,
“En una controversia sujeta a Tribunal de Arbitramento, el Panel Arbitral dictó de oficio una medida cautelar que afectó a la tutelante.
“El acto aquí demandado fue proferido con ocasión de la actividad contractual, por lo que resulta aplicable el término de caducidad de 30 días, con independencia de que su contenido estuviera dirigido a truncar la celebración del contrato”. “En el presente asunto no obra en el expediente constancia de notificación de la Resolución 188 de 20 de junio de 2001,
Las partes suscribieron un contrato de interconexión en mayo de 1988, el cual estuvo vigente por la aplicación de la cláusula de prórroga automática pactada hasta el 23 de junio de 1999, cuando se dio por terminado por mutuo acuerdo. La Sala, declaró que ETB incurrió en incumplimiento de las disposiciones legales aplicables al contrato relativas a la remuneración,