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Consejo de Estado declaró caducidad del medio control de controversias contractuales, por el pago en exceso que realizó el AMB S.A. ESP, en favor de EAB, por concepto de recaudo de la prestación del servicio de aseo

Escrito por  Abr 29, 2021

El debate central giró en torno al menoscabo patrimonial que sufrió el Acueducto Metropolitano de Bucaramanga S.A. E.S.P. AMB,

tras haber pagado a la Empresa de Aseo de Bucaramanga S.A. E.S.P. EMAB, en cumplimiento de un contrato y unas sumas de dinero por concepto de recaudo de la prestación del servicio de aseo que en realidad no correspondían; asunto que, aun cuando fue reclamado a través del cauce de la acción de reparación, en esta instancia se advirtió que el medio de control procedente era el de controversias contractuales, a lo que se suma que no fue posible abordar su examen de cara a la configuración de la caducidad. 

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