trescientos setenta y siete pesos ($30.946.969.377) por concepto de la diferencia existente entre el precio por metro lineal de la ejecución del revestimiento definitivo en concreto hidráulico o convencional y el precio por metro lineal de la ejecución del revestimiento definitivo en concreto lanzado en una extensión de 2.630 metros lineales” La Sala al estudiar el recurso, la Sala observó que la “recurrente afirmó en el proceso arbitral, mediante comunicación UTSC-0006-17 de 26 de enero de 2017, una longitud revestida de 5.820 metros, que no fue acogida por el perito ni por el Tribunal de Arbitramento, por cuando el laudo decidió adoptar los cálculos sobre la base de 5.808 metros, y ahora, a través del recurso extraordinario de revisión, aunque el apoderado afirma que no cuestiona la apreciación de la prueba por parte de los árbitros, pretende inferir que, al haber estimado 5.796 metros de avance para la nueva contratación del Invías destinada a la terminación del túnel, ese dato constituye una prueba antes desconocida, no solo sobre el total de metros revestidos sino, también, sobre el producto no conforme de 1.746 metros a los que no se refiere específicamente el apéndice A del pliego de condiciones”.