El demandante indicó que suscribió un contrato laboral -por obra o labor con bono salarial- con una empresa petrolera, para desempeñarse como encuellador en la extracción de petróleo, “labor que le exigía mucho esfuerzo físico e implicaba el deterioro de su cuerpo”. Agregó que la duración del contrato inicialmente era por la intervención de 20 pozos petroleros, sin embargo,
Así lo decidió la Alta Corte al declarar inexequible el artículo 124 de la Ley 2159-2021, (Ley de presupuesto 2022), cuyo texto literal dice: “la Nación podrá celebrar convenios interadministrativos con las entidades territoriales para ejecutar programas y proyectos correspondientes al Presupuesto General de la Nación.”.
A su vez, la Alta Corte exhortó al Congreso de la República para que, en el término de dos años, regule los derechos y obligaciones de la población con identidades de género no binarias. La Corte Constitucional concedió el amparo de los derechos a la igualdad, a la dignidad humana, a la personalidad jurídica y al libre desarrollo de la personalidad respecto del cambio de sexo
En consecuencia, la Alta Corte, con el fin de evitar futuras amenazas o vulneraciones de estos derechos, previno a dichas entidades para que, en lo sucesivo, brinden a los consumidores financieros información cierta, suficiente, clara y oportuna, sobre sus
“La decisión fue adoptada al proteger los derechos de una ciudadana que presentó tutela contra la Fiscalía y el Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses (INMLCF) por no dar respuesta a su solicitud de entrega de los restos óseos de su compañero permanente desaparecido en el 2002, ni de los avances en la investigación”.
Esta Corporación ordenó al INPEC y la USPEC que, dentro del marco de sus competencias, de manera coordinada y articulada, soliciten a Medicina Legal que valore por la especialidad de psiquiatría al recluso, a fin de determinar si, de conformidad con el
Se presentó una tutela en contra de la Alcaldía Mayor de Bogotá, la Secretaría de Salud de Bogotá y la Subred Integrada de Servicios de Salud Norte E.S.E., con el propósito de obtener el amparo de sus derechos fundamentales a la estabilidad laboral reforzada y la no discriminación por razones de discapacidad, dado que padece una patología no curable que genera problemas
La Sala “concluyó que la finalidad recreativa de la pesca deportiva vulnera la prohibición de maltrato animal derivada de los mandatos de protección al medio ambiente y no tiene sustento en las excepciones al maltrato animal avaladas constitucionalmente por razones religiosas, alimentarias, culturales o científicas. No obstante, difirió los efectos de su pronunciamiento un año”
La alta Corte declaró constitucional los numerales 3 y 4 del artículo 11 (parcial) del Decreto ley 020 de 2014, por el cual se clasifican los empleos y se expide el régimen de carrera especial de la Fiscalía General de la Nación. “La Sala comprende el reclamo de los demandantes y de los otros tantos intervinientes que manifestaron en este proceso su frustración por el hecho de que los
Para la Sala, el artículo 203 la Ley 1955 de 2019, al estudiar la constitucionalidad de la disposición demandada, concluyó que la norma debía declararse inexequible por violación del principio de unidad de materia, al no encontrar una conexidad directa o inmediata; igualmente, se trata de una norma permanente de seguridad social al margen de un fin de planeación.