solicitado por un ciudadano a quien le negaron el cambio de su nombre por segunda vez y no modificaron, en sus documentos de identidad, el componente sexo en una categoría distinta a masculino o femenino.
A su vez, la Alta Corte exhortó al Congreso de la República para que, en el término de dos años, regule los derechos y obligaciones de la población con identidades de género no binarias. La Corte Constitucional concedió el amparo de los derechos a la igualdad, a la dignidad humana, a la personalidad jurídica y al libre desarrollo de la personalidad respecto del cambio de sexo
solicitado por un ciudadano a quien le negaron el cambio de su nombre por segunda vez y no modificaron, en sus documentos de identidad, el componente sexo en una categoría distinta a masculino o femenino.