La Corte decidió declarar exequibles los artículos 3 (parcial) y 7 de la Ley 2024 de 2020, en lo referente a la obligación de pago en plazos justos en el ámbito mercantil. La Sala encontró que la norma demandada “no desconoce la Constitución Política, dado que la medida de plazos justos, que beneficia a las micro, pequeñas y medianas empresas con carácter imperativo en el pago
“La Sala Plena de la Corte Constitucional revisó nueve expedientes acumulados que se refieren a la situación de personas privadas de la libertad en inspecciones, estaciones y subestaciones de Policía y unidades de reacción inmediata -URI-. Cuatro de las acciones de tutela fueron presentadas directamente por las personas afectadas, otras cuatro por representantes del Ministerio
“INPEC y USPEC violaron derecho a la salud de internos en las cárceles de Jamundí y Cómbita”. Así se encuentra consignado en el comunicado oficial de la Corte donde recientemente se adoptó esta decisión. “Las personas privadas de la libertad que padecen
“La Corte Constitucional reafirmó que el régimen pensional responsable del pago de una pensión de invalidez será aquel en donde estaba afiliado un ciudadano para el momento en que se estructuró su pérdida de capacidad laboral (PCL).
El comunicado oficial de la Corte, que sintetiza la decisión, preció que: “en conflictos por el reconocimiento de una pensión de invalidez entre Colpensiones y un fondo privado, se debe tener en cuenta la fecha de estructuración de la PCL”.
El comunicado que sustenta la decisión señala que la Corte decidió “declarar inexequible el artículo 203 de la Ley 1955 de 2019, PND-2018-2022. Esta decisión tendrá efectos retroactivos. “Tras estudiar la aptitud sustantiva de la demanda, concluyó que sólo los siguientes reproches de constitucionalidad resultaban aptos (I) inciso primero y quinto del artículo 48 de la
El comunicado de prensa que sustenta la decisión recientemente adoptada por la Alta Corte indicó que “ante la proliferación de títulos mineros y la imposibilidad de los pueblos indígenas de atender todos los procesos consultivos, la corte precisa el alcance del concepto “línea negra” y los niveles de participación, al poner en funcionamiento la mesa de seguimiento y coordinación
“La Sala Plena se refirió a la especial asistencia y protección que debe brindar el Estado a la mujer durante el embarazo y después del parto que se deriva del artículo 43 superior. Adicionalmente, resaltó los instrumentos internacionales en materia de protección de las mujeres gestantes, así como los pronunciamientos de la OMS y la literatura existente acerca de la violencia obstétrica”.
“La Corte Constitucional señaló que la financiación del servicio educativo con adecuaciones curriculares y el transporte requerido para ello es un asunto que está excluido de la financiación con cargo a los recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud (SGSSS).
“La Corte Constitucional le otorgó cuatro meses a la Secretaría de Tránsito, Transporte y de la Movilidad (STTM) de Ibagué para que realice las acciones necesarias que permitan poner en funcionamiento los semáforos sonoros con los que ya cuenta la ciudad, además de garantizar su mantenimiento y evitar el deterioro de toda la red de semafórica”.