En este caso concreto, el Despacho advierte la necesidad de requerir a la Corporación Autónoma Regional de Boyacá el envío de los antecedentes administrativos que sirvieron de sustento para adoptar las medidas contenidas en la Resolución 0692 del 20 de marzo de 2020, con explicación de cuáles fueron las razones que en concreto llevaron a la entidad
La Sala resuelve no reponer el auto dictado el 10 de julio de 2020, por medio del cual se avocó el conocimiento del control inmediato de legalidad de la Resolución No. 042 del 31 de marzo de 2020, expedida por la CREG, “Por la cual se toman medidas transitorias en relación con la modificación por mutuo acuerdo de precios y cantidades de los contratos vigentes
La Sala resuelve declarar improcedente el control inmediato de legalidad respecto de la resolución 00845 de 26 de mayo de 2020, expedida por el Ministerio de Salud Y Protección Social, al no cumplir con el factor de causa o motivación que implica que debía devenir del Decreto Declaratorio del Estado de Excepción o de los Decretos Legislativos que se dictan en desarrollo de éste.
La Sala encuentra que la reglamentación contenida en la Circular No. 43 de 30 de abril de 2020, expedida por la ADR satisface el presupuesto de finalidad, porque lo que busca el acto es dar a los contratistas la posibilidad de decidir por su cuenta,
La Sala declara improcedente el control inmediato de legalidad respecto de la Circular No. 4007 del 25 de marzo de 2020, proferida por el Viceministro de Energía, por la cual se adoptan «Consideraciones respecto de la aplicación del Decreto 457 del 22 de marzo de 2020, en relación con las medidas preventivas y de mitigación, en el marco de las competencias del Viceministro
Entre los trece (13) puntos del Orden del día de la Corte Constitucional del día jueves 19 de noviembre de 2020, se tiene previsto el estudio de la demanda D-13514 (M.P. Alejandro Linares Cantillo)- Norma acusada: LEY 1955 DE 2019 (arts. 18), relacionado con las contribuciones especiales a favor de las CREG, CRA Y LA SSPD,
Las ternas fueron enviadas al Congreso de la República, para la respectiva elección. Su conformación quedó plasmada en el Acuerdo PCSJA20 - 11676, del 17 de noviembre de 2020. Este Alto Tribunal dio a conocer los nombres de los 12 candidatos a magistrado de la Comisión Nacional de Disciplina Judicial.
La Sección Tercera del Consejo de estado unificó su jurisprudencia en lo relativo a la competencia para el conocimiento de los asuntos mineros, en el sentido de precisar que para la determinación del juez natural de esos conflictos debe aplicarse lo prescrito por la Ley 685 de 2001 -Código de Minas-, norma especial que no fue derogada por la Ley 1437 de 2011.
El Instituto Colombiano de Desarrollo Rural -INCODER- radicó memorial, (…) con el que informó que el presente proceso fue entregado a la ANT-, en su condición de sucesor procesal de la entidad demandada. Para la Sala, conformidad con lo dispuesto en el artículo 16 del Decreto No. 2365 de 2015, modificado por el artículo 1 del Decreto 1850 de 2016,
La Sala estima procedente acoger la tesis expuesta en la sentencia C-318 de 1996 según la cual los empleados de las empresas privadas o mixtas son trabajadores particulares y se les aplica el Código Sustantivo del Trabajo para la regulación de las relaciones individuales de esta naturaleza.