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Miércoles, 22 Abril 2026

Edición 1626 Bogotá, D.C.

ISSN 2711-1636

El Gobierno anunció un plan integral de inspección y control para blindar la calidad y el abastecimiento de etanol en Colombia. Esta ofensiva interinstitucional, junto a la SIC, busca asegurar que el biocombustible cumpla los estándares técnicos, protegiendo al consumidor y al empleo. Además de la vigilancia, se instalaron mesas técnicas para definir soluciones regulatorias de largo plazo en precios y distribución. Aunque gremios como Asocaña y las centrales obreras participaron en la concertación, se reportó la inasistencia de distribuidores mayoristas y la ACP. El Ejecutivo reafirmó su compromiso con un mercado transparente y sostenible orientado a la transición energética

La Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios explicó que, por mandato de la Ley 142 de 1994, el propietario, el poseedor, el suscriptor y el usuario del servicio son solidarios en las obligaciones derivadas del contrato, lo que permite al prestador exigir el pago total de las facturas a cualquiera de ellos. No obstante, esta solidaridad se rompe cuando el prestador incumple su deber legal de suspender el servicio tras la mora del usuario, lo que limita el cobro solidario a los primeros períodos de facturación vencidos y traslada la responsabilidad posterior únicamente al usuario que consumió el servicio.

La CRA explicó que la medida regulatoria para desincentivar el consumo excesivo de agua potable busca promover el uso eficiente del recurso hídrico mediante señales tarifarias diferenciadas para altos niveles de consumo. El regulador señaló que el esquema se fundamenta en el principio de sostenibilidad ambiental y en la necesidad de preservar las fuentes de abastecimiento, especialmente en contextos de escasez hídrica. Además, indicó que la medida debe aplicarse de forma progresiva y con criterios técnicos, garantizando la protección del consumo básico y la focalización en usuarios con consumos elevados, sin afectar el acceso al mínimo vital del servicio.

La CREG confirmó que actualmente no existe una normativa vigente para los proyectos de autogeneración remota y producción marginal. Ante la urgencia de municipios por los altos costos del gas, la entidad aclaró que estas figuras se encuentran bajo análisis técnico. Si bien existe el proyecto de Resolución 701-091 de 2025, el periodo de comentarios ya culminó. La CREG se fijó como meta expedir la regulación definitiva durante el presente trimestre. Mientras tanto, los interesados deben monitorear los canales oficiales para conocer el acto administrativo final que habilitará estos proyectos, fundamentales para aliviar la presión financiera en las regiones afectadas por el precio de los combustibles

La entidad señaló que una alcaldía puede suscribir contratos de suministro e interconexión de agua con un prestador, siempre que se cumplan las condiciones previstas en el régimen de servicios públicos domiciliarios. El regulador explicó que estos contratos están concebidos para celebrarse entre prestadores de acueducto y alcantarillado, por lo que la entidad territorial, cuando actúe como beneficiaria del servicio, debe cumplir los requisitos regulatorios aplicables, en particular contar con la aprobación de inscripción en el Registro Único de Prestadores de Servicios Públicos (RUPS).