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Miércoles, 22 Abril 2026

Edición 1626 Bogotá, D.C.

ISSN 2711-1636

La CREG extendió el plazo para recibir comentarios sobre la actualización de la metodología de distribución de energía eléctrica. La Entidad fijó el nuevo límite hasta el 1 de abril de 2026. Esta prórroga atiende a solicitudes de gremios y agentes del sector, quienes resaltaron la complejidad del documento AIN Tipo 2, que aborda las alternativas e impactos de la propuesta. La CREG busca así asegurar un debido proceso y fomentar análisis más detallados y constructivos que enriquezcan el proceso regulatorio para la remuneración de esta actividad esencial en el Sistema Interconectado Nacional, invitando a operadores de red, usuarios e interesados a participar activamente.

La CREG convoca a Operadores de Red y Comercializadores de Energía Eléctrica del SIN a una mesa técnica híbrida centrada en la movilidad eléctrica. El objetivo es recopilar información sobre avances, desafíos y consideraciones regulatorias y operativas identificadas por los agentes del mercado. El encuentro se realizará el 3 de marzo de 2026, de 2:00 p.m. a 4:00 p.m., con opciones de participación presencial en las instalaciones de la CREG en Bogotá o virtual vía Microsoft Teams. La información recabada servirá de insumo para los análisis de la Comisión, destacando que la participación es voluntaria y no genera obligaciones regulatorias.

La SSPD precisa que los prestadores de servicios públicos pueden exigir requisitos para la conexión si son legal o reglamentariamente establecidos, o contractuales, y necesarios para identificar al solicitante e inmueble. Las autoridades territoriales también pueden fijar requisitos adicionales. El Certificado de Estratificación Socioeconómica no es obligatoriamente solicitado para la conexión, ya que el prestador puede consultar el decreto municipal; la Oficina de Planeación Municipal es la competente para expedirlo, y las empresas no pueden asignar estratos (salvo provisionalmente en zonas rurales no estratificadas). Es válido exigir el Certificado de Zona de Riesgo y el de Nomenclatura, expedidos por el municipio, siendo el primero causal de negación del servicio y el segundo esencial para acueducto/alcantarillado.

De acuerdo con el anuncio de la UPME, Colombia dio un paso clave en su proceso de reindustrialización y transición energética con el inicio del ensamble de buses eléctricos en el país, un hito que marca el paso de importador de tecnología a productor de soluciones de movilidad limpia. La Unidad de Planeación Minero-Energética (UPME) informó que este avance fue posible gracias a un marco regulatorio claro y estable, construido de manera articulada con el Ministerio de Comercio, la DIAN y la ANDI, que brindó confianza a fabricantes internacionales para invertir en el país. Como resultado, la empresa BYD, en alianza con HINO, comenzó el ensamble de chasises de buses eléctricos en territorio colombiano, en lo que la entidad calificó como un paso decisivo hacia la Transición Energética Justa.

El Consejo de Estado estudió una acción popular relacionada con la contaminación y deterioro del humedal Herreruna, en El Guamo (Tolima), y revisó la sentencia del Tribunal Administrativo del Tolima que había impartido órdenes a varias entidades para su recuperación. La Sala analizó la distribución constitucional y legal de competencias en materia ambiental, territorial y de servicios públicos, y concluyó que el juez no puede imponer obligaciones que excedan las funciones asignadas a cada autoridad. Por ello, modificó parcialmente el fallo para delimitar responsabilidades y precisó que la solución del problema exige una actuación coordinada entre la autoridad ambiental, el departamento, el municipio y la empresa de alcantarillado, cada uno dentro de sus competencias.