Acceso   

Ingrese a su cuenta

Usuario *
Clave *
Recordarme
Viernes, 17 Abril 2026

Edición 1624 Bogotá, D.C.

ISSN 2711-1636

×

Advertencia

JUser: :_load: No se ha podido cargar al usuario con 'ID': 45

La sección Quinta del Consejo de Estado revocó la sentencia del 13 de julio de 2021 del Tribunal Administrativo de Santander y, en su lugar, declaró la nulidad de la Resolución 197 del 30 de diciembre de 2019, por la cual la Mesa Directiva del Concejo de Bucaramanga encargó al señor Héctor Orlando Noriega Leal, como contralor municipal.

Corte declaró inexequible la Ley 2075 de 2021 “por medio de la cual se modifica el régimen vigente para la liquidación de honorarios de los concejales en los municipios de cuarta, quinta y sexta categoría; se adoptan medidas en seguridad social y se promueve el derecho al trabajo digno.

Consejo de Estado declaró nula la expresión “en cualquier tiempo” contenida en un acto de Registraduría mediante el cual “se adoptaron medidas especiales para la actualización y vigilancia del censo electoral, la inscripción de candidatos y se establece el procedimiento para la organización y dirección de la elección de los representantes adicionales a la Cámara por las dieciséis

A su vez, la Alta Corte condenó a la Universidad Popular del Cesar a pagar al exrector la suma de $654’063.819.05, por concepto de perjuicios materiales, en la modalidad de lucro cesante. “La Sala estimó que las irregularidades dentro del proceso de designación del Rector para el periodo 2010 – 2014 de la Universidad Popular del Cesar, las cuales fueron reprochadas en la

Para la Sala, “al no estar dentro del objeto social de la Federación Nacional de Concejos, la actividad de realizar procesos de selección, por lo que no era idónea, conforme el artículo 2.2.27.1 del Decreto 1083 de 2015, para apoyar y acompañar el concurso de méritos que adelantó el Concejo Municipal de Funza, para elegir al personero de dicha localidad, periodo 2020 a 2024,