La CAR impuso condiciones para que municipios y el Distrito Capital adopten umbrales máximos de suburbanización más restrictivos y define densidades máximas en el suelo rural suburbano de su jurisdicción. Este reglamento busca proteger el medio ambiente y los recursos naturales, alineándose con la Ley 99 de 1993 y la Ley 388 de 1997, e impulsa un desarrollo rural sostenible con control sobre la expansión urbana. Además, modifica varios numerales del Acuerdo No.16 de 1998, estableciendo normas para vivienda campestre, actividades industriales y parcelaciones rurales, con énfasis en la conservación y restauración ecológica. La CAR aplicará una metodología técnica para orientar a las autoridades territoriales en la formulación y revisión de sus planes de ordenamiento territorial, asegurando la protección ambiental y el suministro adecuado de servicios básicos. El acuerdo entró en vigencia desde su publicación y busca garantizar el bienestar ecológico y social ante los retos del cambio climático y crecimiento urbano.
El Ministerio de Ambiente publicó un proyecto de decreto para reglamentar el Artículo 15 de la Ley 1931 de 2018, definiendo los plazos de corto, mediano y largo plazo para las contribuciones nacionales ante la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático (CMNUCC). Este decreto establece que el corto plazo comprende cinco años, el mediano diez años y el largo plazo supera los diez años, alineándose con el Acuerdo de París y la Estrategia Climática de Largo Plazo nacional. Además, se crea un ciclo nacional de ambición climática, que busca garantizar el aumento progresivo de metas y compromisos para mitigar gases de efecto invernadero y adaptarse a los impactos climáticos, coordinado bajo la Comisión Intersectorial de Cambio Climático (CICC). Con ello, Colombia fortalece su compromiso internacional, asegurando una gestión ambiental coherente y sostenible que promueva la carbono neutralidad y resiliencia climática hasta 2050.
La SIC mediante concepto de abogacía de la competencia, analizó el proyecto regulatorio del Ministerio de Transporte que establece las características técnicas de la infraestructura tecnológica para el Sistema de Control y Vigilancia en los Centros de Apoyo Logístico de Evaluación (CALE). Reconoce la necesidad de modernizar la supervisión del sector y fortalecer la seguridad vial, pero señala que algunos requisitos técnicos del proyecto podrían generar barreras de entrada al elevar costos y limitar la participación de nuevos proveedores tecnológicos, afectando la competencia. La SIC recomienda que el regulador justifique de manera más detallada la necesidad y proporción de estas exigencias, explore alternativas menos restrictivas y ajuste los plazos de implementación para garantizar un balance adecuado entre control estatal y dinámica competitiva en el mercado de tecnologías para los CALE.
El Ministerio de Transporte expidió la norma que actualiza el Sistema de Información de Costos Eficientes para el Transporte Automotor de Carga (SICE-TAC). La normativa ratifica de manera estricta que los valores calculados por la plataforma constituyen el pago mínimo obligatorio que debe recibir cada conductor por sus servicios. Entre las principales novedades, la fórmula ahora indexa horas extra diurnas y nocturnas bajo el salario mínimo, e integra oficialmente a los vehículos de carga liviana de entre 3.500 y 7.500 kilogramos. Para garantizar una transición ordenada y facilitar la adaptación de las empresas y pequeños propietarios, el Gobierno Nacional estableció un periodo de gracia de tres meses.
El Ministerio de Transporte dio a conocer un proyecto de resolución para crear el Subsistema de Información para la Supervisión del Tránsito y Transporte (SISUP). Esta nueva plataforma tecnológica funcionará como una herramienta clave para centralizar y optimizar las funciones de inspección, control y vigilancia sobre los actores del sector. La norma adicionará disposiciones a la Resolución Única Compilatoria en materia de tránsito y regulará aspectos críticos como el control técnico de pesaje en básculas para vehículos de carga.