El proyecto de decreto del Ministerio de Agricultura regula la representatividad nacional en la administración de recursos parafiscales agropecuarios, pesqueros y forestales, procurando condiciones equitativas e inclusivas. Establece un comité verificador con representantes del Ministerio y entidades de control para supervisar los procesos electorales y garantizar autonomía administrativa de los contratistas. Además, promueve la progresividad en la representatividad, enfocándose en mujeres rurales, pequeños productores, jóvenes, víctimas del conflicto y formas organizativas campesinas, promoviendo así el desarrollo rural y agroindustrial sostenible con transparencia y controles administrativos.
La Corte declaró exequible la Ley 2385 de 2024 que prohíbe corridas, rejoneo, novilladas, becerradas y tientas, basándose en el mandato constitucional de protección animal y en la necesidad de una transformación cultural para evitar el maltrato arbitrario. Sin embargo, declaró inexequible la exclusión de toros coleados, corralejas y peleas de gallos, pues también implican maltrato. La Corte aplazó por tres años esta decisión para permitir una transición gradual con medidas de reconversión laboral y cultural, coordinadas por el Gobierno Nacional y las entidades territoriales, garantizando así un cambio paulatino sin afectar abruptamente a quienes dependen de estas actividades.
El ICA explica que para acreditar la posesión de predios productores de palma de aceite y obtener registros sanitarios o fitosanitarios, se requiere demostrar posesión regular mediante actos como contratos de compraventa, permuta o donación, aunque no estén inscritos en la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos, siempre que identifiquen claramente el predio. También es válido acreditar la posesión con la inscripción conforme a la Ley 1183 de 2008 o con sentencia ejecutoriada de prescripción adquisitiva de dominio no inscrita. En caso de posesión irregular, solo se admite acreditarla mediante sentencia de prescripción adquisitiva ejecutoriada y no inscrita, para evitar riesgos legales al ICA. El registro no legitima actos perturbatorios y tiene fines sanitarios y de control, presumiendo buena fe con la documentación aportada. Así se garantiza la legalidad y seguridad jurídica en la función del Instituto.
Este documento crea el Incentivo Integral para la Gestión de Riesgos en el sector agrícola y afines. Su objetivo es ayudar a los productores a manejar mejor los riesgos como eventos climáticos, problemas sanitarios, y cambios en los precios, para proteger sus actividades y mejorar su bienestar. El incentivo financia acciones como capacitación, apoyo técnico, seguros y fondos para solucionar estos riesgos. Los recursos provienen del presupuesto estatal, donaciones y créditos, y serán gestionados por el Fondo Nacional de Riesgos Agropecuarios. La medida busca fortalecer la protección del sector agrícola en todo el país y promover su sustentabilidad y desarrollo.
Las disposiciones crediticias en el proyecto de norma buscan responder a las necesidades del campesinado al facilitar su acceso a financiamiento y mecanismos de gestión de riesgos adecuados a sus realidades. A través del IIGRA y los incentivos asociados, se promueve una cultura de ahorro, seguros agropecuarios y apoyo a inversiones que fortalecen su resiliencia frente a amenazas agroclimáticas, sanitarias, financieras y de mercado. Además, los recursos del fondo y los créditos se adaptan a las particularidades del sector rural, contribuyendo a reducir desigualdades, fomentar el desarrollo sostenible y fortalecer la economía campesina en línea con las prioridades del Plan Nacional de Desarrollo 2022-2026.