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Sábado, 20 Abril 2024

Edición 1150 Bogotá, D.C.

ISSN 2711-1636

Reforzar la protección de la propiedad privada frente a la ocupación ilegal de tierras, en forma individual o colectiva, adoptando medidas para garantizar el goce pacífico de este derecho sobre bienes inmuebles rurales por parte de sus titulares en todo el territorio nacional y promover la cultura de la legalidad, es el objeto de un proyecto de ley presentado por la senadora Paola Olguín y el representante Juan Espinal, militantes del Centro Democrático.

El senador José David Name Cardozo, Partido de la U, radicó un proyecto de ley para impulsar planes, programas y proyectos que busquen la recuperación de la capacidad productiva del suelo con vocación de uso agrícola, afectado por cualquier forma de degradación física, química o biológica, así como fomentar el uso de bioinsumos y el uso responsable de agroquímicos. De manera conjunta, los ministerios de Agricultura y Ambiente, orientarán, formularán y ejecutarán planes, programas y proyectos que promuevan procesos integrales de recuperación de la capacidad productiva de los suelos con vocación de uso agrícola.

La comunidad del barrio Guayabito Bajo en el Municipio de Santa Rosa de Cabal ha manifestado la existencia de olores ofensivos como consecuencia de la actividad de acopio de subproductos cárnicos que realiza la empresa AGROSAN S.A.S.. La parte actora realizó múltiples requerimientos a la autoridad ambiental para que ejerciera sus funciones de control sobre la afectación al derecho colectivo al goce del ambiente sano, como consecuencia de la emisión de olores ofensivos producidos por la actividad que realiza la empresa AGROSAN S.A.S. La ARDER realizó visitas técnicas a la mencionada empresa en las que, a su juicio, no existían razones para iniciar procesos sancionatorios ambientales y solamente exigió la presentación del concepto del uso del suelo, sin que se observen en el expediente pruebas realizadas por la autoridad ambiental tendientes a medir las emisiones producidas por la empresa. La Sala advirtió que a la Corporación Autónoma Regional de Risaralda -CARDER- le corresponde, como autoridad ambiental, ejercer las funciones de control y evaluación ambiental y, adicionalmente, está en mejores condiciones para verificar técnicamente que la empresa AGROSAN S.A.S. no esté vulnerando el derecho colectivo invocado.

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Para expedir la Guía Sanitaria de Movilización Interna –GSMI– en la zona de frontera con Venezuela descrita en esta resolución, las personas naturales o jurídicas poseedoras a cualquier título, y los responsables sanitarios, de animales de las especies susceptibles de contraer y transmitir el virus de la fiebre aftosa, deberán cumplir con los requisitos indicados en el presente acto.

A través de este proyecto de acto administrativo, el ministerio de Agricultura busca prorrogar el término de sesenta (60) días, contados a partir de la expedición de la Resolución 230 de 21 de julio de 2023, por un periodo igual al indicado en el mencionado acto administrativo, para declarar las Áreas de Protección para la Producción de Alimentos (APPA) a partir de la Zona de Protección para la Producción de Alimentos.