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prensa juridica

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La CREG publicó un proyecto de resolución que busca establecer un Régimen de Protección de los Derechos y Deberes para los usuarios de energía eléctrica, gas combustible por redes y GLP por cilindros y tanques. Esta es la tercera entrega de la propuesta, la cual estará disponible por treinta días calendario para que agentes, usuarios y el público en general presenten sus observaciones. Los comentarios recibidos serán fundamentales para la elaboración de la versión final de la normativa, que busca garantizar transparencia, calidad y seguridad en la prestación de estos servicios esenciales, abordando desde la información previa al contrato hasta el mantenimiento de equipos, y busca dar respuesta a quejas recurrentes de los usuarios.

La CREG extendió el periodo de consulta pública para el proyecto de Resolución que busca regular aspectos del mercado de gas natural. Atendiendo a diversas solicitudes del sector para disponer de más tiempo, la Dirección Ejecutiva de la CREG informa que agentes, gremios, entidades y terceros interesados tendrán hasta el 20 de agosto de 2026 para remitir sus observaciones y sugerencias al correo Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.. Esta medida, anunciada mediante la Circular No. 320 de 2026, busca fomentar una mayor participación en la construcción de la normativa.

El CONPES aprobó la Política de Gobernanza Normativa; una iniciativa para mejorar sustancialmente la calidad de la producción legislativa y regulatoria en Colombia, tanto a nivel nacional como territorial. El objetivo principal es superar las debilidades actuales, como la limitada participación ciudadana, el uso insuficiente de análisis de impacto y la falta de coordinación interinstitucional. La política se articula en torno a cuatro ejes estratégicos: fortalecer la participación, transparencia e inclusión; consolidar el uso de evidencia, análisis prospectivo e innovación; mejorar la gobernanza y coordinación; e incrementar las capacidades institucionales. Con una inversión estimada de 10.674 millones de pesos entre 2026 y 2033, esta estrategia, liderada por el Departamento Nacional de Planeación y el Ministerio de Justicia, busca asegurar que las normativas sean más pertinentes, legítimas y efectivas, respondiendo mejor a los desafíos del país y promoviendo el goce efectivo de derechos y el desarrollo productivo.

El Consejo Nacional de Política Económica y Social (CONPES) tiene a consideración la declaración de importancia estratégica de un proyecto nacional orientado a impulsar la reconversión productiva en zonas con presencia de cultivos de coca, amapola y marihuana. La iniciativa, liderada por la Dirección de Sustitución de Cultivos de Uso Ilícito de la Agencia de Renovación del Territorio, busca promover alternativas económicas lícitas y sostenibles en 20 municipios priorizados, con beneficio estimado para 31.031 familias entre 2026 y 2031. El programa contempla la entrega de activos productivos, infraestructura agroindustrial, fortalecimiento de capacidades técnicas y procesos de comercialización asociativa, con el propósito de superar las limitaciones económicas de los proyectos legales, consolidar la paz territorial y reducir el riesgo de retorno a economías ilícitas.

Se somete a consideración del Consejo Nacional de Política Económica y Social (CONPES) la declaración de importancia estratégica el Programa de Conectividad Fluvial y de Cabotaje, con el fin de consolidar el transporte acuático como eje de intermodalidad y motor de desarrollo socioeconómico. La iniciativa, que cuenta con una inversión de 346.180 millones de pesos para el periodo 2026-2029, abarca 14 intervenciones de infraestructura fluvial y de cabotaje. Los proyectos incluyen la construcción y mejora de puertos y embarcaderos en Chocó, Nariño, Amazonas, Meta y Valle del Cauca, así como la deconstrucción parcial del puente Laureano Gómez para optimizar la navegabilidad del río Magdalena. Esta estrategia busca fortalecer la integración territorial, mejorar la accesibilidad en regiones apartadas y alinear el país con los objetivos del Plan Nacional de Desarrollo 2022-2026, promoviendo la competitividad y la paz.

La Superintendencia de Sociedades emitió un concepto sobre la elección de juntas directivas en sociedades anónimas, incluidas las de economía mixta, atendiendo inquietudes sobre la representación de accionistas minoritarios y posibles exclusiones. La entidad reitera la obligatoriedad del sistema de cuociente electoral, previsto en el artículo 197 del Código de Comercio, como una norma imperativa diseñada fundamentalmente para proteger a las minorías. Este mecanismo asegura que los distintos grupos de accionistas puedan proponer listas y obtener representación, distribuyendo los escaños de la junta con base en los votos y los residuos más altos, impidiendo que los grupos mayoritarios monopolizen la administración. Se subraya que los accionistas deben votar sus acciones uniformemente en una única lista, salvaguardando el derecho de participación, aunque sin garantizar una proporcionalidad estricta.

La SSPD aclaró aspectos sobre la facturación de zonas comunes en propiedades horizontales; reiteró que el cobro se basa en un medidor individual para áreas comunes si la copropiedad lo solicita. En su ausencia, el consumo se determina por la diferencia entre un medidor general (totalizador) y la suma de los medidores individuales. En casos de lecturas estimadas o acumuladas en medidores individuales, la SSPD enfatiza que su inclusión en el cálculo depende de la imputabilidad de la falta de medición, siendo crucial para el derecho al cobro del prestador.

 La SSPD explicó aspectos sobre la gestión de residuos sólidos, indicando quiénes pueden acceder directamente a los sitios de disposición final y cómo se debe reportar la facturación. La entidad reitera que la disposición final es una actividad complementaria del servicio público de aseo, destinada principalmente a prestadores habilitados conforme al Artículo 15 de la Ley 142 de 1994. Se subraya que los grandes generadores o usuarios finales que no ostenten esta calidad deben vincularse a un prestador habilitado para la gestión de sus residuos. Aunque los contratos de acceso se rigen por derecho privado, la SSPD enfatiza que la obligación de libre acceso de los operadores de rellenos sanitarios se predica respecto de otros prestadores del servicio. Asimismo, se instruye que todos los ingresos derivados de la operación de estos sitios, independientemente del contratante, deben ser reportados al Sistema Único de Información (SUI) para garantizar el control y la vigilancia.