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Lunes, 20 Mayo 2024

Edición 1168 Bogotá, D.C.

ISSN 2711-1636

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“La sala, en decisión de única instancia con ponencia de la magistrada Lucy Jeannette Bermúdez Bermúdez, señaló que el nuevo servidor público obtuvo 11 votos de 11 posibles y que, según los estatutos podía haber sido elegido con la mitad más uno de los miembros del Consejo Directivo, así que, de cara a la realidad de la elección, aunque se excluyera el voto que se dice irregular, se mantiene la decisión por contar con 10 votos a su favor”.

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Para la Sala, “de acuerdo con el artículo 159 de la Ley 1437 de 2011, podrán obrar como demandantes, demandados o intervinientes las entidades públicas y los demás sujetos de derecho que de acuerdo con la ley tengan capacidad para comparecer al proceso. Por su parte, el artículo 53 del Código General del Proceso dispone que podrán ser parte en un

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